STSJ Murcia 16/2019, 26 de Diciembre de 2019

PonenteJULIAN PEREZ-TEMPLADO JORDAN
ECLIES:TSJMU:2019:2857
Número de Recurso12/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución16/2019
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.MURCIA SALA CIV/PE

MURCIA

SENTENCIA: 00016/2019

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

MURCIA

-

Modelo: 0010K0

RONDA DE GARAY, S/N

Teléfono: 968229383 FAX.: 968229128

Equipo/usuario: JSM

N.I.G.: 30043 41 2 2017 0000757

PROCEDIMIENTO:RPL APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM 0000012 /2019

SOBRE: TRÁFICO DE DROGAS GRAVE DAÑO A LA SALUD

APELANTES: * Íñigo

Procuradora: Concepción Martínez Polo

Letrado: José Manuel Yepes Rodríguez

* Julián

Procurador: Francisco José Puche Juan

Letrado: Manuel Villalba López

APELADOS: * MINISTERIO FISCAL

* Cesareo

Procurador: Francisco José Quereda Gallego

Letrada: María Pérez MoraleS

* Luciano

Procurador: Francisco José Quereda Gallego

Letrado: Fermín Lalinde Aracil

* Martin

Procuradora: Mariona López Sánchez

Letrado: Aitor Esteban Gallestegui

Dimanante de PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 85/2018 de AUD. PROVINCIAL SECCION TERCERA de MURCIA

Excmo. Sr.

D. Miguel Pasqual del Riquelme Herrero

Presidente

Ilmos. Sres.

D. Julián Pérez-Templado Jordán

D. Enrique Quiñonero Cervantes

Magistrados

=============================

En Murcia, a 26 de diciembre de 2019.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los tres Magistrados titulares de la misma reseñados al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA Nº 16/2019

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha visto las presentes actuaciones (Rollo 12/2019), en apelación de la sentencia dictada en fecha 30 de abril de 2019 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia en el rollo de procedimiento abreviado nº 85/2018, dimanante a su vez del procedimiento abreviado nº 167/2017, seguido en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Yecla. Han sido partes en esta alzada, como apelantes don Íñigo, acusado, representado por la procuradora de los tribunales doña Concepción Martínez Polo y defendido por el letrado don José Manuel Yepes Rodríguez, y don Julián, acusado, representado por el procurador don Francisco José Puche Juan y defendido por el letrado don Manuel Villalba López, y como apelados el Ministerio Fiscal, y don Cesareo, acusado, representado por el procurador de los tribunales don Francisco José Quereda Gallego y defendido por la letrada doña María Pérez Morales, don Luciano, acusado, representado igualmente por el procurador don Francisco José Quereda Gallego y defendido por el letrado don Fermín Lalinde Aracil, y don Martin, acusado, representado por la procuradora doña Mariona López Sánchez y defendido por el letrado don Aitor Esteban Gallestegui.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Julián Pérez-Templado Jordán, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia declara como HECHOS PROBADOS los siguientes:

PRIMERO. - Son hechos probados y así se declaran:

Que los acusados: Íñigo, con NIE nº NUM000, nacido en Ecuador el día NUM001/1981, hijo de Carlos Alberto y Evangelina, condenado por Sentencia de 17 de abril de 2013 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante , por un delito de tráfico de drogas; Cesareo, con NIE nº NUM002, nacido en Filadelfia Caldas, Colombia, el NUM003/1984, hijo de Jesus Miguel y de Inmaculada, sin antecedentes penales, y Julián, con NIE nº NUM004, nacido en Argentina el día NUM005/1981, hijo de Abelardo y Luz, con antecedentes penales cancelados, se han venido dedicando de manera concertada

al menos desde los meses de marzo a mayo de 2017, a introducción y venta de importantes cantidades de estupefacientes que causan grave daño a la salud, concretamente cocaína, llevadas a cabo principalmente en las localidades de Yecla y Jumilla, de la provincia de Murcia, desplazándose para ello a Valencia, con el fin de adquirir dicha sustancia para su venta y distribución a terceros, a cambio de precio, constituyendo dicha actividad su medio de vida. Llevando los funcionarios del Grupo de estupefacientes de la Brigada local de policía judicial de la comisaría de Elche las siguientes vigilancias llevadas a cabo durante dichos meses.

En vigilancia efectuada el 15 de abril de 2017, sobre las 12:30 horas, los agentes ven a Íñigo salir del garaje del edificio de la CALLE000 nº NUM006 de Jumilla, conduciendo el vehículo BMW, matrícula .... MRB. Los agentes inician el seguimiento de dicho vehículo, que, tras adoptar diversas medidas de seguridad, se detiene en la avenida Reyes Católicos, a la altura del número 31, permaneciendo Íñigo en el interior del vehículo. Pasados unos minutos, Cesareo se acercó al vehículo y se introdujo en el mismo ocupando el asiento del copiloto. Tras saludarse ambos y mantener una conversación, el vehículo citado reanuda la marcha y circula por diferentes calles de la localidad sin sentido aparente y da varias vueltas a la misma rotonda como medida de seguridad, por lo que, ante la posibilidad de que los ocupantes del vehículo detecten la presencia policial, los agentes abandonan el dispositivo de vigilancia.

En la vigilancia de fecha 20 de abril de 2017, los agentes, sobre las 17:45 horas, observaron la llegada de Íñigo y Cesareo al garaje de la CALLE000, nº NUM006, de Jumilla, donde estaba estacionado el vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, como abrieron la puerta delantera derecha del vehículo citado, manipulando Cesareo el asiento del copiloto, levantando la parte de apoyo de dicho asiento, mientras Íñigo sacaba de sus pertenencias un envoltorio de plástico tipo bomba de medianas dimensiones y lo introducía en el interior del asiento. Seguidamente, Íñigo se introdujo en el interior del edificio, mientras que Cesareo se marchó en el vehículo citado a gran velocidad, callejeando por Jumilla sin rumbo aparente para después coger la nacional dirección a Hellín y realizando diversos cambios de velocidad.

En la vigilancia de fecha 2 de mayo de 2017, los agentes, sobre las 18:00 horas, localizaron el vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, del investigado Cesareo, estacionado en la CALLE000, de Jumilla. Sobre las 20:00 horas, observaron a Cesareo subir a dicho vehículo e iniciar la marcha por las calles adyacentes hasta salir de Jumilla y desplazarse a Yecla, recogiendo en la calle Cervantes a Julián. Seguidamente, continuaron la marcha circulando por varias calles hasta llegar a la calle Antonio Machado, donde el vehículo referido se detuvo y Julián bajó del vehículo portando un envoltorio de plástico en una de sus manos, que rápidamente guardó en el bolsillo, y se marchó a pie adoptando gran cantidad de medidas de seguridad, como pararse en seco y hacer cambios de sentido. A continuación, Cesareo emprendió la marcha en el vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, salió de Yecla y se dirigió a Montealegre del Castillo, a donde llegó sobre las 21:00 horas. Una vez allí, recorrió varias calles y se detuvo en la calle Residencia, donde permaneció parado varios minutos hablando por su teléfono móvil. Transcurrido un tiempo, llegó un individuo conduciendo un vehículo negro, Hyundai Tucson, matrícula ....-LHB, y estacionó al lado del vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, haciendo seguidamente un gesto a Cesareo para que lo siguiera. Ambos descendieron de los vehículos y se dirigieron a una cochera situada en la misma calle, accedieron a la cochera y, tras estar varios minutos en su interior, salieron de la cochera y se marcharon cada uno de ellos en su vehículo. Cesareo regresó a Yecla y, sin hacer paradas, continuó hasta Jumilla, y efectuó una parada de varios minutos en la Avenida Reyes Católicos, donde entró al edificio del número 31 de la referida calle. Seguidamente, sobre las 22:45 horas, salió del mencionado edificio y condujo hasta la calle San Agustín, donde estacionó.

Vigilancia de 4 de mayo, Cesareo, conduciendo el vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, que es el que habitualmente utiliza, sobre las 08:00 horas, se dirigió desde Jumilla al campo sito en el Polígono NUM007, Parcela NUM008 de la Cañadilla, en Yecla y, tras permanecer unos minutos detenido, tomó la carretera dirección Caudete y después la autovía dirección Valencia y se dirigió a la localidad de Benetusser hasta adentrarse en el Pasaje de Bilbao de dicha localidad, donde los agentes no accedieron para evitar ser descubiertos, y después de unos minutos, el referido vehículo circuló hasta Yecla, hasta el campo sito en el Polígono NUM007, Parcela NUM008 de la Cañadilla, donde se detuvo y, tras una breve espera fuera del campo, llegaron dos varones, uno de ellos, Julián, que tiene su domicilio en dicho campo. Los tres accedieron al interior del campo, tras manipular en el interior del vehículo, en el asiento del copiloto.

En la vigilancia de 9 de mayo de 2017, Cesareo, conduciendo el vehículo Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, realizó a las 08:00 horas el mismo recorrido efectuado el día 4 de mayo desde Jumilla al campo sito en el Polígono NUM007, Parcela NUM008 de la Cañadilla, para luego tomar la carretera dirección Caudete y después la autovía dirección Valencia, siendo observada a las 10:30 horas la llegada del referido vehículo al camino que da acceso al campo sito en el Polígono NUM007, Parcela NUM008 de la Cañadilla, momento en que, cuando Cesareo se disponía a acceder al campo mencionado, los agentes le dieron el alto y, tras registrar el vehículo, Volkswagen Caddy, matrícula ....FQK, se intervino en uno de los asientos, un paquete que da positivo al test de la cocaína, con un peso de 1.050 gramos. A continuación, aparecieron en el lugar Julián y Luciano, en el vehículo BMW, matrícula .... FKY, conducido por Julián, siendo detenidos los tres individuos.

Ese mismo día 9 de mayo, a las 11:00 horas, los agentes se desplazaron al domicilio de Íñigo, sito en la AVENIDA000 nº NUM009, NUM010 piso, puerta NUM011, de Yecla a fin de...

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