SAP Madrid 921/2019, 4 de Noviembre de 2019

PonenteLUIS PUENTE DE PINEDO
ECLIES:APM:2019:15346
Número de Recurso966/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución921/2019
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimosegunda

C/ Francisco Gervás, 10, Planta 12 - 28020

Tfno.: 914936205

37007740

N.I.G.: 28.007.00.1-2016/0008617

Recurso de Apelación 966/2018 SECCIÓN REFUERZO

Órgano Judicial Origen: Juzgado de Violencia Mujer nº 01 de DIRECCION000

Autos de Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 12/2016

APELANTE: D. Romulo

PROCURADORA: Dña. NURIA MARÍA SERRADA LLORD

IMPUGNANTE: Dña. Nicolasa

PROCURADOR: D. MIGUEL ÁNGEL DEL ÁLAMO GARCÍA

MINISTERIO FISCAL

Ponente: Ilmo. Sr. Don Luis Puente de Pinedo

S E N T E N C I A Nº

Magistrados:

Ilma. Sra. Doña Ángeles Velasco García

Ilmo. Sr. Don Luis Puente de Pinedo

Ilma. Sra. Doña Marta Emilia Sánchez Alonso

_________________________________________________

En Madrid, a 4 de noviembre de 2019.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos sobre guarda y custodia, bajo el nº 12/2016, ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de DIRECCION000, entre partes:

De una, como apelante, don Romulo, representado por la Procuradora doña Nuria María Serrada Llord.

De otra, también como apelante, vía impugnación, doña Nicolasa, representado por el Procurador don Miguel Ángel del Álamo García.

Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Luis Puente de Pinedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 14 de julio de 2017, por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de DIRECCION000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta en los presentes autos por el Procurador D. Eulogio Paniagua García, en nombre y representación de Dña. Nicolasa, asistida por la Letrada Sra. Vera Isidro, contra D. Romulo, representado por la Procuradora Dña. Paloma del Pilar Garrote Larra y asistido por la Letrada Sra. Ciudad Pérez de Colosia, siendo parte el Ministerio Fiscal siendo parte el Ministerio Fiscal, con las siguientes medidas sobre los hijos comunes de la pareja:

  1. - Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores Adolfina y Abel a la madre, estando sometidos a la patria potestad de ambos progenitores.

    Se prohíbe la salida de los hijos del territorio nacional sin el consentimiento expreso y escrito del otro progenitor y, en su defecto, autorización judicial.

  2. - No procede pronunciamiento alguno sobre el uso del domicilio conyugal, al no existir a la fecha de la presente resolución.

  3. - El padre podrá visitar a la hija menor Adolfina, todos los miércoles de 17:00 a 20:00 horas y los sábados alternos de 17:00 a 20:00 horas, hasta que la menor cumpla tres años, momento a partir del cual se aplicará el mismo régimen de visitas que se solicita para su hermano Abel y que es el siguiente:

    El padre podrá tener en su compañía al menor los miércoles por la tarde desde la salida del colegio o instituto (o en su defecto las cinco de la tarde) y los fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio( o en su defecto las cinco de la tarde) hasta el domingo a las 20:00 horas.

    Las vacaciones de Semana Santa se dividirán en dos periodos: uno desde la hora de salida del colegio o instituto del último día lectivo anterior al Domingo de Ramos hasta el Miércoles Santo a las 20:00 horas y otro, desde las 20:00 horas del Miércoles Santo hasta las 20:00 horas del último día no lectivo.

    Las vacaciones de Navidad se dividirán en dos periodos, el primero desde la salida del colegio o instituto el último día lectivo en el mes de diciembre y hasta las 20:00 horas del día 30 de diciembre y el segundo periodo, desde las 20:00 horas del día 30 de diciembre hasta las 20:00 horas del último día no lectivo.

    Las vacaciones de verano se dividirán en seis periodos:

    1-. Desde la Salida del último día no lectivo en el mes de junio hasta las 21:00 horas del día 30 de junio.

    2-. Desde las 21:00 horas del...

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