STSJ Islas Baleares 31/2019, 13 de Noviembre de 2019

PonenteCARLOS GOMEZ MARTINEZ
ECLIES:TSJBAL:2019:869
Número de Recurso31/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución31/2019
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.ILLES BALEARS SALA CIV/PE

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00031/2019

-

Domicilio: PLAÇA DES MERCAT 12

Telf: 971 721062 Fax: 971 227216

Correo eletrónico:

Equipo/usuario: CVV

Modelo: 001100

N.I.G.: 07040 43 2 2016 0018810

ROLLO: RPL APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM 0000031 /2019

Juzgado procedencia: AUD.PR OVINCIAL SECCION N. 2 de PALMA DE MALLORCA

Procedimiento de origen: PROCED IMIENTO ABREVIADO 0000069 /2018

RECURRENTE: Celestino

Procurador/a: FREDERIC XAVIER RUIZ GALMES

Abogado/a: XAVIER MASSANA GASPÀ

MINISTERIO FISCAL

Presidente

Excmo. Sr.

D. Antonio José Terrasa García

Ilmos. Sres.

D. Carlos Gómez Martínez

D. Pedro José Barceló Obrador

Palma, a trece de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares integrada por el Presidente y los Magistrados al margen expresados ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Frederic Xavier Ruíz Galmés obrando en nombre y representación D. Celestino bajo la dirección letrada de D. Javier Massana Gaspà, contra la sentencia nº 203/2019 de fecha 30 de abril de 2019, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma, recaída en el rollo procedimiento abreviado nº 69/18 y que por parte del Ministerio Fiscal se solicitó la nulidad de pleno derecho del procedimiento que da como resultado la Sentencia 203/19 recurrida en apelación.

De conformidad con el turno preestablecido ha sido designado ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Gómez Martínez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO

Identificación del proceso.

La presente causa se incoó en virtud de procedimiento abreviado nº 1051/2016 del Juzgado de Instrucción nº 7 de Palma. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares se declaró como órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa como procedimiento abreviado con el nº 69/18.

SEGUNDO

Hechos probados de la sentencia de primera instancia.

Concluido el acto del juicio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial en fecha 30 de abril de 2019 se dictó sentencia con los hechos probados siguientes:

Florentino, Gaspar y Celestino, junto a otras personas no juzgadas, en fechas no determinadas pero comprendidas, al menos, entre el mes de junio y septiembre de 2016, se dedicaban a la venta de sustancias estupefacientes tales como cocaína, marihuana, cannabis y MDMA, en las inmediaciones del establecimiento PIZZERÍA DEVIL S, sito en la calle Punta Ballena y alrededores, teniendo los acusados encomendadas las siguientes funciones: Florentino, se encargaba de proporcionar la sustancia estupefaciente a los demás acusados, mientras que Gaspar confeccionaba las dosis individuales para su venta a terceras personas a través de Celestino.

Para ello los acusados utilizaron las viviendas ubicadas en el EDIFICIO000, sito en la CALLE000, nº NUM000, piso NUM001, puerta NUM002, que además fue domicilio de Gaspar y de Celestino; en el EDIFICIO001, sito en la CALLE000 nº NUM003, piso NUM001, puerta NUM004 y la vivienda sita en la CALLE001 nº NUM005, NUM006, también domicilio de Gaspar.

El día 30 de junio de 2016 a Gaspar, en lasinmediaciones de PIZZERÍA DEVIL S,le fueron ocupados 1.500 € procedentes de las ventas de las anteriores sustancias.

En el mismo día en el domicilio sito en la CALLE000 nº NUM000, EDIFICIO000, piso NUM001, puerta NUM002, se localizaron los siguientes efectos:

1) 20 envoltorios de plástico con 6,401 gramos de cocaína con una riqueza del 16,6 %, valorado en 156,80 €.2) 1 bolsita de plástico con autocierre con un envoltorio con 0,05 gramos de cocaína con una riqueza del 19 %, valorado en 1,15 €.3) 1 bolsa de plástico azul conteniendo 3,497 gramos cocaína, con una riqueza del 12,2 %valorado en 111, 84 €.4) 1 bolsita de plástico con 1,159 gramos de cocaína con una riqueza del 12,2 %, valorado en 20,75 €. 5) 1 envoltorio de plástico con 9,095 gramos de cocaína con una riqueza del 12,3 %, valorado en 164,87 €. 6) 6 bolsitas transparentes con autocierre con 4,732 gramos de cannabis con una riqueza del 15,1 %,valorado en 23,13 €. 7) 1 bolsita de plástico transparente azul con 49,17 gramos de cannabis con una riqueza del 13,4 %,valorado en 240,44 €. 8) 2 bolsitas de plástico blanco con 6,137 gramos de cannabis con una riqueza del 16 %,valorado en 30 €. 9) 7 envoltorios de plástico verde con 2,422 gramos de MDMA con una riqueza del 69 %,valorado en 112,86 €. 10) 1 envoltorio azul con 0,777 gramos de MDMA con una riqueza del 71,7 %,valorado en 36,14 €. 11) 1 comprimido verde con forma de llamada de whatsapp con 0,29 gramos de MDMA con una riqueza del 55,6 %,valorado en 13,52 €. Así como una bolsade plástico con autocierre con 9 cápsulas de 3,392 gramos de cafeína,trozos, rollos y bolsas de plástico para confeccionar las dosis, anotaciones y un envío de dinero a Pakistán, un billete de 50 €y tres cajas vacías de NOLOTIL.

En el domicilio sito en Sebastián nº NUM005, se localizaron varios recortes de bolsas para confeccionar dosis, 150 bolsas para confeccionar dosis, pastillas de viagra, capsulas varias, un taper con restos de cocaína y 560 € procedentes de la venta de sustancias estupefacientes.

El día el 2 de agosto Celestino autorizó la entrada y registro en su domicilio, sito en la CALLE000 nº NUM000, piso NUM001, puerta NUM002 ( EDIFICIO000) y le fue ocupado un paquete de bolsitas de plástico con autocierre, tres bolsitas con marihuana con un peso de 2,593 gramos de cannabis con una riqueza del 14,7 %, valorada en 13,06 € y otra bolsita con 0,276 gramos de cocaína con una riqueza del 74 % valorada en 29,94 €, así como650 euros, fruto de la venta de las sustancias anteriores.

El día 4 de agosto, en las inmediaciones del establecimiento PIZZERÍA DEVIL S y EDIFICIO000 el acusado Gaspar fue sorprendido cuando vendía una papelina de cocaína a un turista que huyó. La papelina fue ocupada en poder del acusado así como otra en el bolsillo y 220 €, fruto de las ventas anteriores, guardando el acusado en un cuadro de luz próximo, otras 8 papelinas de cocaína en envoltorios de plástico y 3 envoltorios de plástico verde con MDMA

Practicada la entrada y registro en el domiciliodel acusado, autorizado por éste, sito en la fecha de los hechos en la CALLE001 nº NUM005, NUM006 de Magalluf, se le ocuparon varios recortes de bolsas de plásticos que el acusado iba a utilizar para la confección de las papelinas así como otra bolsita con cocaína. La cocaína intervenida arrojó un peso de 3,332 gramos con una riqueza del 2 %, valorada en 12,199 €, y el MDMA un peso de 0,766 gramos con una riqueza del 79,2 %, valorado en 34,194 €.

El día de 6 de septiembre de 2016 en el domicilio de Florentino, sito en la PLAZA000, nº NUM007, NUM008, de Palma, se encontró una bolsita con autocierre con 18,596 gramos de cocaína y una riqueza del 3,2 %, valorado en 87,25 €, así como medicamentos y cafeína utilizados para el corte de la sustancia estupefaciente, recortes de plástico, bolsitas pequeñas con cierre hermético, bolsas de supermercado...

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