STSJ Comunidad de Madrid 243/2019, 24 de Abril de 2019

PonenteJOSE LUIS QUESADA VAREA
ECLIES:TSJM:2019:9990
Número de Recurso340/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución243/2019
Fecha de Resolución24 de Abril de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Novena C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004

33010280

NIG: 28.079.00.3-2017/0015769

Recurso de Apelación 340/2018

Recurrente : CANAL DE ISABEL II GESTION SA

PROCURADOR D./Dña. MARIA DEL CARMEN ARMESTO TINOCO

Recurrido : AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

LETRADO D./Dña. PEDRO-ANTONIO IZQUIERDO PEÑARANDA, CL/: GOYA, 46, C.P.:28300 ARANJUEZ (Madrid) SENTENCIA No 243

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet de Sande

D. José Luis Quesada Varea

D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo

En la Villa de Madrid a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia el presente recurso de apelación número 340/2018 contra la sentencia 62/2018, de 19 de febrero, dictada en el procedimiento ordinario 288/2017 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 32 de Madrid, en

el que es parte apelante el CANAL DE ISABEL II GESTIÓN SA, representada por la Procuradora Dña. María del Carmen Armesto Tinoco, y apelado el Ayuntamiento de Arroyomolinos, representado por el Letrado de sus servicios jurídicos D. Pedro Antonio Izquierdo Peñaranda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el mencionado proceso se dictó sentencia con este fallo:

DESESTIMO el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S.A. contra la resolución del Ayuntamiento de Arroyomolinos mencionada más arriba, la cual confirmo por considerarla ajustada a Derecho, con imposición en costas a la parte demandante, respecto de las causadas en este proceso.

SEGUNDO

Contra dicha resolución, la representación procesal de la citada recurrente interpuso recurso de apelación en el que solicitaba la revocación de la sentencia recurrida y la anulación de la liquidación del ICIO exigida por el Ayuntamiento con devolución de lo ingresado.

TERCERO

El Letrado del Ayuntamiento solicitó la confirmación de la sentencia.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 7 de marzo de 2019, en que tuvo lugar. QUINTO.- En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.

Es ponente el Magistrado D. José Luis Quesada Varea.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia ahora recurrida desestimó el recurso interpuesto por la actual apelante, CANAL DE ISABEL II GESTIÓN SA (en adelante, el CANAL), contra la liquidación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO)...

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