STSJ Aragón 26/2019, 6 de Mayo de 2019

PonenteCARMEN SAMANES ARA
ECLIES:TSJAR:2019:1326
Número de Recurso19/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución26/2019
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

S E N T E N C I A Nº 000026/2019

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

D. MANUEL BELLIDO ASPAS

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. CARMEN SAMANES ARA

En Zaragoza, a seis de mayo de dos mil diecinueve.

En nombre de S.M. el Rey

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen expresados, ha visto en grado de apelación el presente Rollo Penal de Sala nº 19/2019, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Aragón de fecha 02-01-2019, adoptada en los autos de Procedimiento Abreviado nº 45/2018 , dimanante a su vez del procedimiento abreviado nº 2234/2016, del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE ZARAGOZA de Zaragoza sobre delito de estafa, siendo apelantes los acusados Fabio e Felipe, representados por la Procurador/a D./Dña. Carmen Ibáñez Gómez y defendidos por el/la Letrado/a D./Dña. Francisco Javier Prenafeta Rodríguez y la acusación particular Fulgencio, Gaspar, Germán , Erasmo, Gumersindo y Eulogio, representados por la Procuradora DªRaquel Castillo Correas y defendidos por el Letrado D.Javier Rodríguez Domínguez; siendo parte apelada la entidad ZENYTAL,S.L., representada por la Procuradora Dª Pilar Morellón Usón y asistida del Letrado D.Miguel Ángel Palazón Esteban y el Ministerio Fiscal.

Es Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª CARMEN SAMANES ARA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en su rollo 45/2018, con fecha 02 de enero pasado, dictó sentencia en la que se consideraron probados los siguientes hechos:

HECHOS PROBADOS

Primero.- 1.- Mediante escritura pública otorgada con fecha 22 de Febrero de 2008 ante el Notario de Zaragoza Don José Ángel de Andrés Rodríguez, bajo su número 328 de protocolo, se constituyó la sociedad EBOX TECHNOLOGIES S.L. Con fecha 2 de Enero de 2013, mediante escritura pública otorgada ante el mismo Notario, bajo su número 4 deprotocolo, se modificó la denominación social de la entidad pasando a llamarse ZENTYAL SOCIEDAD LIMITADA.

En el momento de constituirse la mercantil, el acusado Felipe formó parte de ella como socio y fue nombrado administrador solidario junto a otro de los constituyentes, Leovigildo. Posteriormente, el número de los administradores solidarios pasó ser de tres, si bien siempre era uno de ellos el citado acusado.

Posteriormente, en el año 2012 el órgano de administración pasó a ser un Consejo de Administración, elevándose el acuerdo a escritura pública de fecha 6 de marzo de 2012, quedando constituido con cinco miembros, entre los que se hallaban los dos acusados. En septiembre de 2014 el número de consejeros pasó a ser de tres, si bien en el año 2015 de nuevo se constituyó con cuatro miembros según acuerdo elevado a escritura pública el 21 de mayo de 2015. Posteriormente de nuevo se redujo a tres.

2.- Felipe fue Consejero Delegado hasta febrero de 2015. En la última etapa el Consejo de Administración quedó formado por tres miembros que eran el Presidente Remigio, el Secretario Consejero Felipe y como vocal Bosco Consulting S.L. sociedad administrada por el acusado Fabio y representada en tal órgano por él.

Fabio ya venía siendo miembro del Consejo de Administración en años anteriores y en febrero de 2015 pasó a ser Consejero Delegado con las facultades otorgadas por el Consejo, sustituyendo a Fabio.

Remigio era el representante de un fondo de inversión Finlandés llamado Open Ocean, captado para la aportación de capital de la sociedad Zentyal S.L.

La mercantil contaba con un elevado número de socios que alcanzaba de 26 en la reunión de la junta General de 28 de mayo de 2015.

3.- El objeto social de ZENTYAL es la instalación de sistemas completos en el ámbito de las tecnologías y de la información y las comunicaciones, incluyendo tanto hardware como software, crear soportes tecnológicos,proyectar y diseñar aplicaciones y sistemas informáticos, así como otras cuestiones relativas a la tecnología informática.

La citada mercantil desarrollaba diversos proyectos y trabajaba básicamente con el llamado Zentyal Server. En 2012 inició un proyecto titulado "Plataforma Cloud" para trasladar los resultados de Zentyal Server al mundo online. En 2013 inició un nuevo proyecto para reemplazar soluciones Microsoft en las empresas y ofrecer una alternativa viable a las pymes. No se consiguió la financiación necesaria y los proyectos no se finalizaron, perdiéndose las inversiones realizadas.

El capital social de la mercantil ha venido siendo modificado cada año desde el momento de su constitución produciéndose aumentos del mismo, siendo inicialmente de 10.000 € dividido en 20.000 participaciones sociales iguales y finalmente de 905.549,50 €. tras sucesivas ampliaciones.

4.- Del total de las participaciones sociales de ZENTIAL S.L. que ascendían a 1.811.099, los querellantes representan el 11,330%.

De dichas participaciones sociales de ZENTYAL S.L., Gaspar es titular hasta la fecha de 85.848; Eulogio es titular de 47.271; Erasmo es de 25.338; Germán es titular hasta la fecha de 12.172, Fulgencio es titular de 21.931; y Gumersindo de 12.670 participaciones sociales de la mercantil Zentyal S.L. Dichas participaciones las adquirieron, una parte al precio de un euro cada una, y otras de forma gratuita por su participación en ampliaciones de capital social.

Desde su constitución Zentyal S.L. ha venido percibiendo ayudas, financiación y subvención pública dado su carácter tecnológico, tanto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, como subvenciones ICLOPYME por importes próximos a los 2.000.000 €.

5.- En la cuenta abierta en el BBVA desde la que se hicieron transferencias a las entidades que se dirán figuraba como único autorizado Felipe.

Felipe era el único apoderado y representante de la sociedad en las cuentas de la sociedad Zentyal S.L de CAIXABANC, al menos entre los años 2015 y 2016. En las cuentas de Banco de Sabadell figuraba el citado junto a otros socios que no tuvieron intervención alguna en los hechos enjuiciados.

No obstante lo anterior, tras febrero de 2015 desde las cuentas antes citadas se continuaron haciendo transferencias autorizadas por Fabio y con el consentimiento y conocimiento de Felipe.

Segundo.- Con dichas transferencias, valiéndose los acusados de su control en el Consejo de Administración, hicieron las siguientes disposiciones de dinero sin que la mercantil Zentyal S.L., obtuviera beneficio alguno. Y así,

1.- Locate Real Estate, es una empresa que se dedica a la inversión el sector inmobiliario y otros sectores, y de la que era consejero delegado Fabio . No obstante ello, a dicha empresa se hicieron hacen las siguientes transferencias:

Con fecha 24/8/2015 se realiza desde una cuenta de Zentyal (BBVA) transferencia por importe de 10.000,30 € en concepto "Depósito Organización Préstamo Zentyal".

El 7 de septiembre de 2015 recibe un préstamo de la mercantil Zentyal por importe de otros 23.000,30 € en concepto de "prestamos a C/P". Esta suma ha sido recuperada en la actualidad por la Administración Concursal.

Y con fecha 24/9/2015 nueva otra transferencia (BBVA), concepto "BLOQUE DE FONDOS LRE" (Locate Real Estate), por la que se remiten a Locate Real Estate otros 19.030 €, quedando la cuenta de Zentyal con un saldo de 382,26 €.

2.- Jirpex Quality S.L. es una sociedad sin cuentas presentadas en el Registro Mercantil, y dedicada a la promoción inmobiliaria. Jirpex Quality S.L. a la fecha de su constitución, contaba con un administrador único, Anselmo, quien aparece con cargos relacionados en al menos 815 sociedades. Es un buscador de inversores.

A favor de la mercantil Jirpex Quality S.L. por parte de Zentyal se hicieron las siguientes disposiciones: un depósito por importe de 42.650 €. Con fecha 21/7/2015 Zentyal (a través de las cuentas de BBVA) la cantidad de 13.530 €. Con fecha 26/6/2015 Zentyal S.L. (a través de las cuentas de Banco Popular) la cantidad de 2.002 € y con fecha 24/9/2015 Zentyal S.L. (a través de las cuentas de BBVA) la cantidad de 19.030 €. En total 77.212 euros, que le fueron transferidos sin que se hubiera realizado contraprestación por parte de la citada mercantil en favor de Zentyal, S.L.

3.- Owlpha-Omega Holdings Limited, empresa que ni tan siquiera aparece en los libros mayores del ejercicio 2015 de la mercantil Zentyal, recibió por transferencia de esta última un importe de 13.590 € que no se corresponden a ningún concepto. Era un buscador de inversores. La suma anterior le fue transferida sin que se hubiera realizado contraprestación por parte de la citada mercantil en favor de Zentyal, S.L.

4.- Alot Technologies S.L. es una mercantil administrada por la familia de Felipe (administradores él y su padre) y participada por dicha familia. Cuando Zentyal se hallaba prácticamente sin fondos y no podía abonar las nóminas de sus trabajadores, Alot Technologies S.L. le giró dos facturas, una con fecha 1/12/2015 por la cantidad de 3.630 € y el concepto " desarrollo en inserción banner en zantyal.org", y otra el 22/12/2015 por la cantidad de 7.039,26 € por el concepto de " optimización SEO zentyal.org". Total 10.669,26 euros. Ambas facturas fueron pagadaspor Zentyal mediante transferencias.

A las fechas indicadas Zentyal S.L. contaba con una plantilla de ingenieros informáticos asalariados y suficientemente cualificados para la realización de un trabajo sencillo para dichos profesionales. La supuesta contratación se llevó a cabo para favorecer a la citada empresa a costa del patrimonio de Zentyal, S.L., que disponía de mano de obra...

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