SAP Pontevedra 534/2019, 11 de Noviembre de 2019

PonenteJAIME CARRERA IBARZABAL
ECLIES:APPO:2019:2463
Número de Recurso448/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución534/2019
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00534/2019

N10250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

MG

N.I.G. 36045 41 1 2017 0000380

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000448 /2019

Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de REDONDELA

Procedimiento de origen: LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000456 /2017

Recurrente: Paulina

Procurador: PABLO JOSE INSUA LAGARON

Abogado: BEATRIZ FIGUEROA SOTO

Recurrido: Marcos

Procurador: ERMINIA ALONSO SOLIÑO

Abogado: FATIMA GONZALEZ DARRIBA

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente, DOÑA MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO y DON EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA núm. 534/19

En Vigo, a once de noviembre de dos mil diecinueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000456 /2017, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN

N.2 de REDONDELA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000448 /2019, en los que aparece como parte apelante, DOÑA Paulina, representado por el Procurador de los tribunales, DON PABLO JOSE INSUA LAGARON, asistido por el Abogado DOÑA BEATRIZ FIGUEROA SOTO, y como parte apelada, DON Marcos, representado por el Procurador de los tribunales, DOÑA ERMINIA ALONSO SOLIÑO, asistido por el Abogado DOÑA FATIMA GONZALEZ DARRIBA.

Siendo Ponente el Ilmo. Magistrado DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.2 DE REDONDELA, se dictó sentencia con fecha 3-09-2018, en el procedimiento del que dimana este recurso, cuyo fallo textualmente dice:

" ESTIMAR PARCIALMENTE las propuestas de inventario presentadas por la procuradora Sra. Alonso Soliño, en nombre y representación de D. Marcos, y por el procurador Sr. Insua Lagarón en nombre y representación de Dña Paulina, y APROBAR, como inventario de la sociedad de gananciales que integraron ambos, el siguiente: ACTIVO

  1. - Vehículo matricula ....XNW

  2. -V ehículo matrícula IZ .... Y

  3. - Saldo existente a la fecha de la disolución de la sociedad ganancial en la imposición a plazo f‌ijo realizada en la entidad La Caixa con número de contrato NUM000, y en la cuenta bancaria asociada a dicho plazo f‌ijo, con número NUM001 .

PASIVO

Sin pasivo

No procede la condena en costas de ninguna de las partes, por lo que deberán abonar cada una las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de DOÑA Paulina que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Cumplimentados los trámites legales y elevadas las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución el recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala. Se señaló el día 7-11-2019 para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Conviene advertir que el suplico del escrito de interposición del recurso se limita a solicitar la modif‌icación del fallo de la sentencia (y, por ello del inventario) exclusivamente en los aspectos siguientes: "Activo.

1) Vehículo matrícula IZ .... Y .

2) Vehículo matrícula NU-....-W .

3) De existir, las cuentas bancarias, cuentas de valores y cualquier otro producto f‌inanciero suscrito con cualquier entidad f‌inanciera en la que D. Marcos ostente la condición de titular autorizado.

Pasivo.

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