SAP Madrid 598/2019, 16 de Octubre de 2019

PonenteEDUARDO JIMENEZ-CLAVERIA IGLESIAS
ECLIES:APM:2019:14203
Número de Recurso1945/2019
ProcedimientoRecurso de apelación. Sentencia violencia sobre la
Número de Resolución598/2019
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª

Sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 10 - 28035

Teléfono: 914934479

Fax: 914934482

GRUPO TRABAJO AMP

N.I.G.: 28.074.00.1-2018/0009703

Apelación Sentencias Violencia sobre la Mujer 1945/2019

Origen : Juzgado de lo Penal nº 3 de Móstoles

Procedimiento Abreviado 53/2019

Apelante: Demetrio

Procurador: SILVIA URDIALES GONZALEZ

Letrado: ANA GOMEZ SANCHEZ

Apelado: Silvia y MINISTERIO FISCAL

Procurador: RUTH MARIA OTERINO SANCHEZ

Letrado: ALBERTO MARTIN CASTILLO

MAGISTRADOS/AS

Ilustrísimos/as Señores/as:

Doña Teresa Arconada Viguera (Presidenta)

Doña Lucía María Torroja Ribera

Don Eduardo Jiménez Clavería Iglesias (Ponente)

La Sección 26ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A NÚMERO 598/2019

En la Villa de Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil diecinueve.

La Sección 26ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid ha visto los presentes autos de recurso de apelación, seguidos con el número 1945/19 de rollo de Sala, correspondiente al Procedimiento Abreviado 53/19 del Juzgado de lo Penal número 3 de Móstoles, por supuesto delito de maltrato agravado por

quebrantamiento y amenazas, en el que han sido parte como apelante, Demetrio, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Eva Antonia Cortés López y defendido por la Letrada Doña Ana Gómez Sánchez y, como apelados, Silvia, representada por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Javier García Blanco y defendida por el Letrado Don Alberto Martín Castillo, y el Ministerio Fiscal.

El Ilustrísimo Señor Magistrado Don Eduardo Jiménez Clavería Iglesias, actuó como Ponente, y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 30 de abril de 2019 que contiene los siguientes Hechos Probados: " Demetrio, mayor de edad, nacido el NUM000 -1984 en España, con DNI N° NUM001, y con antecedentes penales no computables en esta causa. El acusado fue pareja de Silvia viviendo ella en la localidad de Fuenlabrada. El acusado en el procedimiento seguido en el Juzgado de Violencia de Género n° 1 de Fuenlabrada identificado como Diligencias Previas 167/2018 tiene en vigor, en virtud de auto firme de fecha 18-3-2018 dictado por el Juzgado de Guardia de Leganés n° 7 una medida cautelar que le impide aproximarse a su ex pareja Silvia, su domicilio o lugar de trabajo a menos de 500 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento hasta el fin de la causa por resolución firme, siendo notificado y requerido de cumplimiento el día 19-3-2018. El acusado, con conocimiento de dicha resolución judicial y con el propósito de no cumplirla, el día 3-10-2018 sobre las 1:30 horas fue a esperar a la denunciante al local donde trabaja situado en la calle Mirasierra de la localidad de Moraleja de en Medio y tras subirse ambos en el vehículo del acusado el mismo inició una discusión con su ex pareja durante la cual, con el propósito de menoscabar su integridad física, le sujetó fuertemente de los brazos para que no abandonara el vehículo, causándole perjuicio físico, a la vez que le dirigió expresiones como "Perra, hija de puta, te voy a pillar con el coche, te voy a pasar por encima, guarra, cerda" además de escupirle provocando en la víctima gran temor y desasosiego. Como consecuencia de estos hechos la señora Silvia sufrió, entre otras, lesiones consistentes en contusión torácica leve y hematoma en miembro superior izquierdo con primera asistencia médica y 12 días no impeditivos por los que no reclama en acto de juicio."

En la Parte Dispositiva de la Sentencia se establece: "Que debo condenar y condeno a Demetrio como responsable en concepto de autor por el delito de maltrato en el ámbito de la violencia sobre la mujer del art. 153.1 y 3 CP a la pena de nueve meses y un día de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo...

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