STSJ Galicia , 27 de Septiembre de 2019
Ponente | JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:5213 |
Número de Recurso | 1500/2019 |
Procedimiento | Social |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO // MDM
PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 27028 44 4 2017 0000095
Equipo/usuario: MF
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001500 /2019
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000032/2017 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LUGO
RECURRENTE/S: CONSELLERIA DE POLITICA SOCIAL
ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD
RECURRIDO/S: Jacinta
ABOGADO/A: MARIA TERESA SOUTO NEIRA
ILMOS. SRS. MAGISTRADOS
JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO
JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ
FERNANDO LOUSADA AROCHENA
En A CORUÑA, a veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACIÓN 0001500/2019, formalizado por el letrado de la Xunta de Galicia, en nombre y representación de la CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL
N. 3 de LUGO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000032/2017, seguidos a instancia de Dª Jacinta frente a la CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª Jacinta presentó demanda contra la CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
Primeiro.- Micaela, maior de idade, presta servizos por conta e orde da Consellería de política social, coa categoría profesional de auxiliar de enfermería (categoría 3, grupo IV), centro de traballo no CAPDP de Sarria, salario de 1713,61 euros coa inclusión da parte proporcional de pagas extraordinarias e horario de quenda de mañá, tarde ou noite (7 horas de traballo nas quendas de mañá e tarde e 10 horas nas quendas de noite).-Segundo.- A persoa traballadora presta servizos como persoal laboral mediante un contrato de interinidade en praza vacante por xubilación forzosa de Pura o 30 de xaneiro de 2012.- Terceiro.- Formulouse a reclamación previa.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"Acollo a demanda formulada por Jacinta contra a Consellería de política social de tal xeito que declaro que a relación laboral entre ambas partes é indefinida non fixa."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 29 de marzo de 2019.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 25 de septiembre de 2019 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
ÚNICO. - La Xunta de Galicia, parte demandada, vencida en instancia, anuncia recurso de suplicación y lo interpone después solicitando, al amparo de la letra c) del artículo 193 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, el examen de las normas sustantivas y de la jurisprudencia aplicadas, y, en concreto, se denuncia la infracción del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público, del artículo 4.2.b) del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, del artículo 3.1 del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, y las normas correspondientes de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2013, 2014 y 2015, así como las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2013, 2014, 2015 y 2016, de los artículos 48 a 58 de la Ley de la Función Pública de Galicia, y del artículo 9 del V Convenio colectivo único del personal laboral al servicio de la Xunta de Galicia, pretendiendo la revocación de la sentencia de instancia que, estimando la...
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ATS, 12 de Enero de 2021
...la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 27 de septiembre de 2019, en el recurso de suplicación número 1500/2019, interpuesto por la Consejería de Política Social de la Xunta de Galicia, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de los......