STSJ Canarias 330/2019, 27 de Marzo de 2019

PonenteIGNACIO JOSE DUCE SANCHEZ DE MOYA
ECLIES:TSJICAN:2019:1852
Número de Recurso1376/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución330/2019
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2019
EmisorSala de lo Social

?

Sección: NAZ

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza de San Agustín Nº6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 30 64 00

Fax.: 928 30 64 08

Email: socialtsj.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0001376/2018

NIG: 3501644420170008461

Materia: Prestaciones

Resolución: Sentencia 000330/2019

Proc. origen: Seguridad Social en materia prestacional Nº proc. origen: 0000837/2017-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria

Recurrente: DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS SOCIALES E INMIGRACIÓN; Abogado: SERV. JURÍDICO CAC LP

Recurrido: Severino ; Abogado: JOSE EDUARDO OJEDA GARCIA

Recurrido: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; Abogado: SERVICIO JURÍDICO SEGURIDAD SOCIAL LP

Recurrido: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; Abogado: SERVICIO JURÍDICO SEGURIDAD SOCIAL LP

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de marzo de 2019.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001376/2018, interpuesto por la CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, frente a Sentencia 000290/2018 del Juzgado de lo Social Nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000837/2017-00 en reclamación de Prestaciones siendo Ponente el ILTMO. SR. D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Severino, en reclamación de Prestaciones siendo demandados la CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 20 de julio de 2018, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO.- Con fecha 08.06.2014, se reconoce al actor, nacido el NUM000 .2014, con D.N.I. nº NUM001, en la Junta celebrada el día 02.06.2014, un grado de discapacidad del 51% desde el 17.09.2012.

SEGUNDO.- Con fecha 10.03.2017, el actor solicita la pensión no contributiva.

TERCERO.- Con fecha 19.05.2017, se dicta resolución por la Consejería, por la que se le reconoce al actor un grado de discapacidad del 65 % desde el 17.09.2012.

CUARTO.- Con fecha 07.08.2017, se dicta resolución por la Consejería, reconociendo la pensión no contributiva con fecha de efectos económicos abril de 2017, con abono de atrasos en la cuantía de 1.598,57 €, por el periodo comprendido entre el 04/2017 y 08/2017.

QUINTO.- Con fecha 05.09.2017, el actor presenta escrito, solicitando los efectos económicos de la pensión no contributiva que tiene reconocida, al 17.09.2012.

SEXTO.- Se agotó la vía previa.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice:

"Que estimando la falta de legitimación pasiva de las codemandadas el Instituto General de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Don Severino, contra la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, sobre PRESTACIONES, debo declarar y declaro los efectos económicos del grado de discapacidad del 65% que padece el actor, al

17.09.2012; condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración, con todos los pronunciamientos inherentes a la misma; así como, a su abono en la cuantía que proceda a la parte actora.

Asimismo debo absolver y absuelvo al Instituto General de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social, de las...

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