SAP Santa Cruz de Tenerife 41/2019, 28 de Enero de 2019

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2019:895
Número de Recurso932/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución41/2019
Fecha de Resolución28 de Enero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

? SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 19-20

Fax.: 922 34 94 18

Email: s04audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000932/2018

NIG: 3802342120170001224

Resolución:Sentencia 000041/2019

Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000137/2017-00

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 (Antiguo mixto Nº 2) de San Cristóbal de La Laguna

Demandado: Filomena ; Abogado: Fernando Lima Pano; Procurador: Rosario Hernandez Hernandez

Apelado: Jesús ; Abogado: Francisco Jose Rodriguez Nuñez; Procurador: Myriam Alonso Martin

Apelante: Isabel ; Abogado: Fernando Lima Pano; Procurador: Rosario Hernandez Hernandez

Apelante: Lucio ; Abogado: Fernando Lima Pano; Procurador: Rosario Hernandez Hernandez

SENTENCIA

Presidente

Don Pablo José Moscoso Torres

Magistrados

Don Emilio Fernando Suárez Díaz (ponente)

Doña Pilar Aragón Ramírez

En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2.019.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los/as Sres/as. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DOS DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA, en los autos núm. 137/2017, seguidos por los trámites del juicio ordinario, sobre acción reivindicatoria por doble inmatriculación de fincas y promovidos, como demandante,

por DON Jesús, representado por la Procuradora Doña Myriam Alonso Martín y dirigido por el Letrado Don Francisco José Rodríguez Núñez, contra DOÑA Isabel, DON Lucio y DOÑA Filomena, representados por la Procuradora Doña Rosario Hernández Hernández y dirigidos por el Letrado Don Fernando Lima Pano, ha pronunciado la presente sentencia, siendo Ponente el Magistrado DON Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Sra. Magistrada-Jueza, Doña María Isabel Cid Muñoz, dictó sentencia el día veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales DOÑA MÍRIAM ALONSO MARTÍN, en nombre y representación de DON Jesús, contra DOÑA Isabel y DON Lucio, representados por la Procuradora de los Tribunales DOÑA ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, y en su virtud, DECLARO: 1.- La existencia de una doble inmatriculación por superposición de una parte de la finca registral número NUM000, inscrita en el Registro de la Propiedad de Tacoronte, al tomo NUM001, libro NUM002, folio NUM003, inscripción 3ª, de fecha 29 de mayo de 2014, sobre la totalidad de la finca registral NUM004, previamente inscrita, al tomo NUM005, libro NUM006 de Tacoronte, folio NUM007, inscripción 1ª, de fecha 23 de junio de 1994. 2ª.- Que la finca registral NUM004 doblemente inmatriculada es de pleno dominio del actor Don Jesús, estando libre de cargas y gravámenes. 3ª.- Que en lo que afecte a la finca registral NUM004

, se cancele en el Registro de la Propiedad de Tacoronte la inscripción de dominio practicada a favor de Doña Isabel y Don Lucio, y la anotación de embargo practicada a favor de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, sobre la mitad indivisa de la finca registral NUM000 . 4ª.- Se condena a los demandados Doña Isabel y Don Lucio, a esta y pasar por esta declaración y a reintegrar la finca reivindicada al actor en el estado en que se encontraba el día en que fue desposeído de la misma (10 de julio de 2014). 5ª.- Con expresa condena en costas a los demandados Doña Isabel y Don Lucio . DESESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales DOÑA MÍRIAM ALONSO MARTÍN, en nombre y representación de DON Jesús

, contra DOÑA Filomena, representada por la Procuradora de los Tribunales DOÑA ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, y en su virtud, ABSUELVO, a la demandada de todos los pedimentos formulados contra ella, por su falta de legitimación pasiva para ser demandada en este procedimiento. Con condena en costas al demandado, respecto de esta demandada.".

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, Doña Isabel y Don Lucio, en el que interponía recurso de apelación contra tal resolución con exposición de las alegaciones en las que fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día veintitrés de enero del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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