ATS, 25 de Septiembre de 2019
Ponente | IGNACIO SANCHO GARGALLO |
ECLI | ES:TS:2019:9504A |
Número de Recurso | 2086/2019 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 25/09/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 2086 / 2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 2 DE HUELVA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: SJB/MJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2086/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Eduardo Baena Ruiz
En Madrid, a 25 de septiembre de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo.
La representación procesal de don Secundino presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 27 de febrero de 2019, por la Audiencia Provincial de Huelva (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 866/2018 dimanante del procedimiento de impugnación de paternidad n.º 191/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Huelva.
Mediante Diligencia de Ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
La procuradora doña Elisa Gómez Lozano, en nombre y representación de la parte recurrente presentó escrito personándose ante esta sala. Por la procuradora doña Ana María Batanero Fleming, en nombre y representación doña Begoña y doña Caridad , se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.
La parte recurrente si ha efectuado los depósitos exigidos para recurrir.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por el recurrente, al reunir los presupuestos básicos en esta fase inicial.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurridos los cuales dese traslado al Ministerio Fiscal.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por don Secundino contra la sentencia dictada con fecha de 27 de febrero de 2019, por la Audiencia Provincial de Huelva (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 866/2018 dimanante del procedimiento de impugnación de paternidad n.º 191/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Huelva.
-
) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurridos los cuales dese traslado al Ministerio Fiscal.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.