ATS, 17 de Julio de 2019

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2019:8274A
Número de Recurso1613/2019
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución17 de Julio de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 17/07/2019

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 1613 / 2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Procedencia: AUD. PROV. CÁDIZ SECCIÓN N. 7 SEDE ALGECIRAS

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: AAH/rf

Nota:

CASACIÓN núm.: 1613/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Eduardo Baena Ruiz

En Madrid, a 17 de julio de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Santiago presentó escrito en el que interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 11 de febrero de 2019, por la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 7.ª, sede Algeciras, en el rollo de apelación n.º 144/2018 , dimanante del juicio ordinario n.º 1351/2013, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Algeciras.

SEGUNDO

Por la Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en este tribunal han comparecido la procuradora D.ª María Rosa Vizcaíno Gámez, en nombre y representación de D. Santiago , como parte recurrente, y el procurador D. Miguel del Valle Macías, en nombre y representación de D. Samuel , como parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Santiago , al no advertirse en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el art.. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto, y transcurrido dicho plazo dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno por así establecerlo el art. 483.5 LEC .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Santiago contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 11 de febrero de 2019, por la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 7.ª, sede en Algeciras, en el rollo de apelación n.º 144/2018 , dimanante del juicio ordinario n.º 1351/2013, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Algeciras.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

  3. ) Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR