STSJ Canarias 749/2018, 29 de Junio de 2018

PonenteMARINA MAS CARRILLO
ECLIES:TSJICAN:2018:2744
Número de Recurso263/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución749/2018
Fecha de Resolución29 de Junio de 2018
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza de San Agustín Nº6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 30 64 00

Fax.: 928 30 64 08

Email: socialtsj.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0000263/2018

NIG: 3501644420170003417

Materia: Derechos-cantidad

Resolución:Sentencia 000749/2018

Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000341/2017-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria

Recurrente: Elena ; Abogado: ELENA TEJEDOR JORGE

Recurrido: CONSEJERÍA DE HACIENDA; Abogado: SERV. JURÍDICO CAC LP

Recurrido: GRECASA; Abogado: MANUEL PEDRO DEVORA GONZALEZ

Recurrido: AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA; Abogado: SERV. JURÍDICO CAC LP

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2018.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, D./ Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y D./Dña. MARINA MAS CARRILLO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000263/2018, interpuesto por Dña. Elena, frente a Sentencia 000325/2017 del Juzgado de lo Social Nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000341/2017-00 en reclamación de Derechos-cantidad siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARINA MAS CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO. La entidad GESTIÓN RECAUDATORIA DE CANARIAS SA (GRECASA) es una empresa de la Comunidad Autónoma de Canarias, con capital íntegramente público, adscrita a la Consejería de Hacienda, que tiene reconocida la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias conforme establece el Decreto 27/2002, de 25 de marzo, constituyendo su objeto, entre otras, la actividad de consultoría, asistencia técnica y prestación o gestión de servicios públicos o privados en materia tributaria, administrativa y de recaudación. ( d. 74 a 91 de Grecasa)

SEGUNDO

En BOC de 16 de diciembre de 2015 se publicó el Convenio de encomienda de gestión entre la Agencia Tributaria Canaria y GRECASA, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de la CCAA de Canarias y la prestación de determinados servicios en materia tributaria y de información y asistencia a los contribuyentes.

El objeto de la encomienda de gestión está referido a todos los ingresos de Derecho Público sobre los que la Agencia Tributaria Canaria sea competente por razón de cualquier título legal o convencional.

Se da por reproducido en su integridad dicho Convenio, al obrar en autos. ( d. 93 a 102 Grecasa)

TERCERO

En la entidad GRECASA existe un área de planif‌icación y proyectos, conformada por tres equipos de desarrollo, que realizan su trabajo de manera diferenciada para las distintas actividades encomendadas: recaudación ejecutiva, notif‌icaciones y servicios tributarios. Además existe un equipo de planif‌icación que depende directamente del Jefe de área Guillermo, y que está conformado por un técnico y una administrativa. Los tres equipos comparten espacio físico, junto con el área de tecnología de la información y comunicaciones. Cada equipo está supervisado directamente con un Jefe de Proyecto, que es el encargado e impulsor de los distintos proyectos del mismo.

CUARTO

La sede electrónica de la ATC, creada por Orden de 7 de diciembre de 2010, constituye un trasunto de las sedes físicas de la Agencia Tributaria a través de la que se proporciona el acceso al ciudadano a los servicios telemáticos de la ATC. Incluye presentaciones telemáticas, pago de tasas, integración con pasarela de pago corporativa del Gobierno de Canarias, integración y mantenimiento del servicio de f‌irmas, solicitud de certif‌icados, notif‌icaciones electrónicas, publicaciones de boletín, servicio de verif‌icación de documentos y registro electrónico.

La encomienda comprende el desarrollo tecnológico en base a las especif‌icaciones funcionales y prioridades marcadas por la dirección de la ATC a través del Servicio de Informática Tributaria, así como velar por su correcto funcionamiento, resolviendo los problemas técnicos que pudieran presentarse.

QUINTO

Los servicios de integración permiten el intercambio de datos entre el sistema de información de la ATC con entidades externas con las que existe una interrelación.

La encomienda la implementación y mantenimiento de las soluciones tecnológicas para la interconexión con las distintas entidades externas acorde a los requisitos de la ATC, así como la responsabilidad en el mantenimiento y supervisión del estado de los servicios y máquinas que los albergan.

SEXTO

En el ámbito de la resolución y seguimiento de incidencias técnicas, la encomienda comprende la responsabilidad en la resolución y seguimiento de las incidencias técnicas derivadas desde la ATC, siendo los responsables de contactar directamente con el contribuyente en nombre de la ATC para asistirle en la resolución de las mismas. El contacto se realiza a través de correo electrónico o teléfono. Las responsabilidades incluyen también determinar el origen de las incidencias e impulsar medidas correctivas, diseñar respuestas tipif‌icadas para las incidencias comunes, realizar el seguimiento de la evolución de incidencias e intentar minimizar el número de las mismas.

SÉPTIMO

La encomienda comprende, igualmente, el desarrollo de los programas de ayuda, aplicación que se descargan directamente los contribuyentes para asistirles en la cumplimentación de los modelos tributarios de la Agencia Tributaria Canaria, incluyendo la responsabilidad en el mantenimiento correctivo y adaptativo acorde a los requisitos funcionales o normativos trasladados desde la ATC, así como generar la distribución de los programas de ayuda multiplataforma.

OCTAVO

En relación con el portal informativo, se encomienda el desarrollo y mantenimiento del portal informativo de la Agencia Tributaria Canaria, en el que se publican los distintos contenidos para informar al contribuyente y asistirle en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Incluye la responsabilidad del portal administrativo para la gestión del contenido que se publica en el portal informático.

NOVENO

La encomienda incluye el desarrollo y mantenimiento de la herramienta para dar soporte al servicio de atención al usuario. Se trata de una herramienta interna de la ATC a través de la cual los usuarios pueden solicitar el desarrollo de mejoras, nuevos desarrollos o informar de errores detectados en los distintos proyectos. Permite a los responsables realizar seguimientos y planif‌icación de las solicitudes.

DÉCIMO

En relación con el servicio de consulta de datos históricos, la encomienda comprende la responsabilidad en el desarrollo y mantenimiento de la aplicación y máquinas que proporcionan a la ATC el servicio para la consulta de los datos históricos migrados de la anterior plataforma tributaria.

UNDÉCIMO

Para ello, GRECASA cuenta con un equipo de 12 personas, con la siguiente estructura: un jefe de proyecto, cuatro analistas superiores, cinco analistas programadores y tres programadores.

DUODÉCIMO

La sede física de la entidad GRECASA se encuentra en el edif‌icio de usos múltiples, titularidad del Gobierno de Canarias, siendo el acceso común de la citada entidad y la ATC, si bien se trata de inmuebles distintos y diferenciados. ( testif‌ical CCAA y d. 7 actor)

DÉCIMO TERCERO

La actora presta servicios para la entidad GRECASA desde el 2/1/07, como administrativa, y un salario mensual prorrateado de 1.781,23 euros.(conforme)

DÉCIMO CUARTO

La actora en la actualidad presta servicios en el Departamento de Procedimientos Especiales. La demandante revisa el BOE diariamente para detectar concursos de acreedores de deudores de la Agencia Tributaria que se encuentren en su base de datos, en las que comprueba la existencia de deudas, en período voluntario y período ejecutivo, realizando el oportuno certif‌icado de deudas, consultando para ello la información de que dispongan las diversas administraciones tributarias.( testif‌ical CCAA)

DÉCIMO QUINTO

D. Juan es el Jefe de la Dependencia de investigación patrimonial, fraude y procedimientos especiales. D. Juan, tras revisar el procedimiento de trabajo de la actora y observar posibilidades de mejorar el mismo, le dio instrucciones generales acerca de cómo afrontar estas funciones. D. Juan revisa que los certif‌icados que elabora la actora estén completos. La revisión se realiza a través de un sistema de carpetas que comparte con la actora. La actora deposita los documentos que elabora en dicha carpeta y si D. Juan u otro personal de la ATC estima que están correctos procede a su f‌irma. Ante nuevas incidencias o errores imparte nuevas instrucciones. El contacto siempre fue directo hasta el 11/11/16, a partir de cuya fecha se realiza a través del Jefe de Departamento D. Millán .( testif‌ical CCAA y d. 3 a 6 y 13 a 17 actora)

DÉCIMO SEXTO

Obra en autos, y se da por reproducido "instrucciones para el tratamiento de situaciones concursales" elaboradas por la ATC. ( d. 12 actor)

DÉCIMO SÉPTIMO

D. Porf‌irio presta también servicios en el Departamento. D. Guillermo prepara un programa informático que facilite el trabajo...

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