AAP A Coruña 284/2019, 29 de Marzo de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución284/2019
Fecha29 Marzo 2019

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

AUTO: 00284/2019

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA

- Domicilio: RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS Telf: 981.182067-066-035 Fax: 981.182065

Equipo/usuario: Bd

Modelo: 662000

N.I.G.: 15036 43 2 2017 0003147

ROLLO: RT APELACION AUTO S 0000982 /2018

Juzgado procedencia: XDO. DE INSTRUCIÓN N. 3 de FERROL

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000960 /2017 RECURRENTE: Alfonso

Procurador/a: MIGUEL ANGEL REGUEIRA PISOS

Abogado/a: MANUEL CHAO DO BARRO

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Abogado/a:

AUTO ==========================================================

ILMOS./AS. SRES./SRAS

Presidente/a

ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO

Magistrados/as

IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS

MARIA TERESA CORTIZAS GONZÁLEZ CRIADO

========================================================== En A CORUÑA, a veintinueve de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa referenciada se dictó por XDO. DE INSTRUCIÓN N. 3 de FERROL auto de fecha 21/9/18 por el que se desestima la reforma del auto de 17/8/2018.

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso por Alfonso recurso de apelación, el cual fue admitido en ambos efectos, remitiéndose en su virtud a este Tribunal autos originales quedando las actuaciones pendientes para votación y fallo.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.

razonamientos jurídicos
PRIMERO

Los artículos 215.2 del Código Penal y 805 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen la necesidad de autorización del órgano jurisdiccional para proceder por injurias o calumnias vertidas en un procedimiento del que conoció. Esta licencia no se puede conceder de manera automática o discrecional, sino que tiene que estar respaldada por una motivación que la justifique y que se acompase con los criterios de veracidad, relevancia y credibilidad que el Tribunal Supremo requiere para esta clase de delitos ( SSTS de 25-05-2016, recurso número 1431-2015 ; de 15-02-2018, recurso número 939-2017 ; y de 25-04-2018, recurso número 1524-2017). Y la aplicación de tales criterios al caso que nos ocupa lleva a la misma conclusión que la sostenida en el auto recurrido, que es la de que la pretensión del apelante Alfonso resulta excesiva respecto al verdadero contenido de las actuaciones.

La testigo cuyas manifestaciones...

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