SAP Pontevedra 63/2019, 28 de Marzo de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 63/2019 |
Fecha | 28 Marzo 2019 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00063/2019
ROSALIA DE CASTRO,Nº 5 - PALACIO DE JUSTICIA
Teléfono: 986805137/36/38/39
Equipo/usuario: MG
Modelo: 213100
N.I.G.: 36006 41 2 2018 0001555
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000627 /2018(151)-S
Delito/falta: CONDUCCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)
Recurrente: Isaac
Procuradora: Dª MARIA LUISA RENDO COUTO
Abogado: D IVONNE STEFANI DIAZ FERREIRA
Recurrido: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª Abogado/a: D/Dª
SENTENCIA Nº 63/2019
En la ciudad de Pontevedra, veintiocho de marzo de dos mil diecinueve.
Vistas por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, formada por su Presidente la Ilma. Sra. DÑA. NÉLIDA CID GUEDE y las Magistradas, DÑA. CRISTINA NAVARES VILLAR y DÑA. Mª JESÚS HERNÁNDEZ MARTÍN, las actuaciones del recurso de apelación Nº 627/18 seguidas como consecuencia del formulado contra la sentencia dictada en el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Pontevedra, en el Juicio Rápido Nº 215/18, sobre DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL POR CONDUCIR SIN PERMISO y en el que han sido partes, como apelante, Isaac, representado por la Procuradora Sra. Rendo Couto y defendido por la Letrada Sra. Díaz Ferreira y, como apelado, el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª CRISTINA NAVARES VILLAR, quien expresa el parecer de la Sala, previa la preceptiva y oportuna deliberación y votación, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo:
El Juzgado de lo Penal Nº 1 de Pontevedra dictó sentencia con fecha 16 de agosto de 2018 en la que constan como Hechos Probados los siguientes: " PRIMERO. - Se declara probado que Isaac, mayor de edad,
ha sido condenado ejecutoriamente, antecedentes computables a efectos de reincidencia, en los siguientes procedimientos:
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Sentencia firme en fecha 04/12/2012 del Juzgado de Instrucción número 2 de Vilagarcía de Arousa por hechos cometidos en fecha 27/11/2012, Ejecutoria del Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra.
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Sentencia de conformidad firme en fecha 05/03/2013 dictada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados, por hechos ocurridos el día 03/03/2013 (Ejecutoria 157/2013 del Juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra)
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Sentencia de conformidad de fecha 01/04/2014 dictada por el Juzgado de Instrucción número dos de Vilagarcía de Arousa, por hechos cometidos el día 16/02/2014 (Ejecutoria 128/2014 del Juzgado de lo Penal nº 4 de Pontevedra) Esta pena está suspendida excepcionalmente por enfermedad en fecha 13.05.2016.
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Sentencia firme en fecha 10.06.2014 dictada por el Juzgado de Instrucción número tres de Vilagarcía de Arousa por hechos cometidos el día 07/06/2014 (Ejecutoria 387/2014 del Juzgado de lo penal nº 1 de Pontevedra).
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Sentencia firme en fecha 23/09/2014 dictada por el Juzgado de Instrucción número tres de Vilagarcía de Arousa por hechos cometidos el día 28/08/2014 (Ejecutoria 518/2014 del Juzgado de lo penal nº 2 de Pontevedra).
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Sentencia firme en fecha 20/10/2015 dictada por el Juzgado de Instrucción número dos de Caldas por hechos cometidos el día 18/10/2015 (Ejecutoria 675/2015 del Juzgado de lo penal nº 2 de Pontevedra). Esta pena está suspendida excepcionalmente por enfermedad en fecha 31.05.2016.
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Sentencia firme en fecha 17/10/2016 dictada por el Juzgado de lo Penal número tres de Pontevedra por hechos cometidos el día 31/08/2015 (Ejecutoria 517/2016 del Juzgado de lo penal nº 3 de Pontevedra). Esta pena está suspendida excepcionalmente por enfermedad en fecha 10.01.2017.
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Sentencia firme en fecha 20.12.2016 dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Cambados por hechos cometidos el día 13.02.2016 (Ejecutoria 638/2016 del Juzgado de lo penal nº 1 de Pontevedra).
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Sentencia firme en fecha 29/04/2017 dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra por hechos cometidos el día 29/04/2017 (Ejecutoria 421/2017 del Juzgado de lo penal nº 1 de Pontevedra).
Se declara probado que Isaac, a sabiendas que no podía hacerlo, sobre las 00.25 horas del día 27/07/2018 conducía el vehículo matrícula WA-....-IB por la vía pública en el cruce de la Avda. Pardo Bazán y la calle Valle Inclán, cerca del Puesto de la Guardia Civil de Cambados sito en esta última calle, estando privado de tal permiso de conducción por pérdida total de puntos asignados por la Jefatura provincial de Tráfico, en virtud de resolución administrativa de la DGT de fecha 03.01.2012 notificada en fecha 08.02.2012, no habiendo recuperado a la fecha de los hechos la vigencia de su licencia de conducir en la fecha de los hechos.
Consta acreditado que Isaac fue diagnosticado en diciembre de 2015 un carcinoma de pene con extensión ganglionar regional y probables metástasis óseas, sin que conste que esta enfermedad le impida conducir."
En dicha Sentencia, el Fallo es del siguiente tenor literal: "Condeno a D. Isaac, como autor responsable de un delito de conducción sin permiso en su modalidad de pérdida total de puntos del artículo 384.1 del Código Penal, con la agravante de multirreincidencia, a la pena de nueve meses de prisión, e inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de condena.
Todo ello, con el pago de las costas procesales por el condenado".
Por la representación procesal de Isaac, se formuló, en tiempo y forma, recurso de apelación, que le fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las demás partes personadas y al Ministerio Fiscal.
Remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, y una vez recibidas, se formó el correspondiente Rollo, se turnó la ponencia y se señaló día para la deliberación y fallo.
ULTIMO: En la substanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta, a efectos formales, el relato de Hechos Probados de la Sentencia apelada, que se da aquí por reproducido.
Frente a la sentencia de instancia que condena a Isaac como autor de un delito contra la seguridad vial por conducir sin carnet, con la agravante de multirreincidencia, a la pena de nueve meses de prisión, se alza el mismo, y con invocación de nulidad de actuaciones por vulneración de derechos, infracción de la presunción de inocencia, error en la valoración de la prueba y falta de proporcionalidad en la determinación de la pena, interesa la revocación de la resolución recurrida.
Se ha opuesto al recurso, el Ministerio Fiscal.
El recurso no puede ser acogido.
En primer lugar, invoca el recurrente nulidad de actuaciones por vulneración de derechos por parte de los agentes de la Guardia Civil al tiempo de confeccionar el atestado.
En el desarrollo del motivo se dice por el recurrente que hubo vulneración de derechos por no saber porqué motivo se le denunciaba ya que no hubo una explicación clara por parte de los agentes actuantes, además de no coincidir la diligencia de información de derechos a persona investigada no detenida (Anexo II del...
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SAP Soria 40/2019, 13 de Mayo de 2019
...la acompañaran al médico o a cualquier farmacia de guardia. Debemos atender al contenido de la SAP de Pontevedra, entre otras, de 28 marzo 2019, donde señalaba, en la interpretación de este tipo de delitos que se ha acreditado suficientemente, el hecho base de la acusación, por lo que el p......