STSJ Murcia 157/2019, 22 de Marzo de 2019
Ponente | INDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO |
ECLI | ES:TSJMU:2019:659 |
Número de Recurso | 16/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 157/2019 |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00157/2019
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
N56820
PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050 Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
UP3
N.I.G: 30030 45 3 2018 0001227
Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000016 /2019
Sobre: ADMINISTRACION DEL ESTADO
De D./ña. DELEGACION DEL GOBIERNO EN MURCIA
Representación D./Dª.
Contra D./Dª. Eva María
Representación D./Dª. JUSTO PAEZ NAVARRO
ROLLO DE APELACION núm. 16/2019
SENTENCIA núm. 157/2019
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCION PRIMERA
Compuesta por los Iltmos. Sres.:
Dña. María Consuelo Uris Lloret
Presidenta
D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo
Dña. María Esperanza Sánchez de la Vega Magistrados
Ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 157/19
En Murcia, a veintidós de marzo de dos mil diecinueve.
En el rollo de apelación nº 16/2019 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 194/2018, de 24 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 7 de Murcia, dictada en el recurso contencioso administrativo nº 177/2018, tramitado por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante la Delegación del Gobierno de Murcia representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como apelada Doña Eva María representada por el Procurador Don Justo Páez Navarro y dirigida por el Letrado Don Genaro Barberán Cánovas, sobre expulsión y prohibición de entrada en España; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO . - Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 7 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 8/3/2019.
La sentencia apelada estima parcialmente el recurso contencioso administrativo formulado por la recurrente contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Murcia de 8/2/2018 por la que se acuerda su expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada en España durante 3 años, por infringir el art. 53.1.
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de la L.O. 4/2000, reformada por L.O. 8/2000, sobre derechos y libertades de los Extranjeros en España y su integración social, al encontrarse irregularmente en territorio nacional por carecer de documentación expedida por las autoridades españolas que autorice su presencia en España, considerando el Juzgador de Instancia que la Administración debe requerir previamente al extranjero para que retorne a su país de origen de forma voluntaria en el plazo establecido...
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