STSJ Comunidad Valenciana 125/2007, 16 de Febrero de 2007

PonenteMIGUEL ANTONIO SOLER MARGARIT
ECLIES:TSJCV:2007:376
Número de Recurso1089/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución125/2007
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 125/2007

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE

D. Mariano Ferrando Marzal

MAGISTRADOS

D. Miguel Soler Margarit

Dª Josefina Selma Calpe

En Valencia a dieciséis de febrero de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1089/2005, seguidos entre partes, de la una y como demandante, GABIVAL 2.001, S.L., representada por la Procuradora doña Silvia Gastaldi Orquín y dirigida por la Letrada doña Estíbaliz Vilar Rey; y de la otra, como Administración demandada, la Generalidad Valenciana, representada y dirigida por Letrado de su Servicio Jurídico, recurso interpuesto contra la Resolución de 16 de mayo de 2005 del Conseller de Cultura, Educación y Deporte.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La indicada Procuradora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el recurso contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, en momento oportuno y por su orden, los trámites de demanda y contestación, en cuyos escritos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en los mismos, suplicaron, respectivamente, la anulación del acto impugnado y la desestimación del recurso, en los términos que estimaron convenientes a sus derechos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló para votación y fallo el día 6 de febrero pasado, en que ha tenido lugar.Cuarto. En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Ha sido ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso se ha interpuesto por la Procuradora doña Silvia Gastaldi Orquín, en nombre y representación de GABIVAL 2001 S.L., contra la Resolución del Conseller de Cultura, Educación y Deporte de 16 de mayo de 2005, desestimatoria del recurso de reposición deducido frente a la Orden de 22 de julio de 2004, desestimatoria del concierto educativo con el centro privado "María de Icíar" de Riba-roja de Túria.

Segundo

Las cuestiones planteadas en este recurso son sustancialmente iguales a las resueltas en las Sentencias de la Sección Tercera de esta Sala 1193/2003, de 23 de junio, 338 y 1283/2006, de 1 de marzo, recaídas, respectivamente, en los recursos 1368/2000, 748/2002 y 492/2003 , cuyos fundamentos se asumen en esta Sentencia. Así, los de la Sentencia 338/2006 , recaída en recurso seguido entre las mismas partes, que literalmente dicen:

SEGUNDO. Los actos administrativos objeto del presente recurso deniegan el concierto educativo, esencialmente, por considerar que las necesidades de escolarización en la zona están suficientemente cubiertas a través de otros centros concertados y públicos, no quedando justificado el incremento del gasto público que comportarla acceder a la pretensión del centro privado, quien, por el contrario considera que, además de existir defectos formales en la tramitación del expediente administrativo que determinan la nulidad de pleno derecho del procedimiento, aquellos argumentos no constan acreditados, quedando constatado un progresivo incremento de la población en Ribarroja, especialmente como consecuencia de la urbanizaciones existentes en el término municipal de dicha población, estimando vulnerados los derechos a una enseñanza obligatoria y gratuita y a la educación, consagrados en los artículos 27 de la Constitución Española, 20.1. y 27.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de marzo y 63.1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, así como el de igualdad, contemplado en...

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