SAP Alicante 131/2007, 12 de Abril de 2007

PonenteDOMINGO SALVATIERRA OSSORIO
ECLIES:APA:2007:4094
Número de Recurso185/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2007
Fecha de Resolución12 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 9ª

SENTENCIA Nº 131/07

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE: D. Julio Calvet Botella

MAGISTRADO: D. José Manuel Valero Diez

MAGISTRADO: D. Domingo Salvatierra Ossorio

En la ciudad de Elche, a doce de abril de dos mil siete.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario nº 1117/05, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante D. Iván , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representado por el Procurador Sr. Moreno Saura, y dirigido por el Letrado Sr. Estevan Mataix, y como parte apelada la Unión Alcoyana S.A., representada por el Procurador Sr. Castaño García con la dirección del Letrado Sr. Amorós Sempere.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Elche en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 24-03-06 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador D: Emilio Moreno Saura en nombre y representación de Iván , contra Andrés , Mauricio y La Unión Alcoyana, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados al pago de 8.970 euros, con imposición a la aseguradora del interés del artículo 20 LCS . Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 185/07, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 10-04-07.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Domingo Salvatierra Ossorio, Magistrado Suplente de esta Sección Novena que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se centra en la cantidad a indemnizar por los daños causados al actor en su vehículo por el responsable en un accidente de circulación. El hoy apelante reparó su vehículo, ascendiendo a un importe de 11.725, 28 euros, más 1.876,04 euros correspondientes al IVA.

La sentencia de instancia consideró que de conceder la cantidad reclamada, importe de la reparación efectuada 13.601 ,32 euros (IVA incluido) se produciría un enriquecimiento injusto, del demandante, atendiendo al valor venal del vehículo, 6.900 euros, por lo que estimó procedente conceder el valor venal del vehículo incrementado en un 30%, lo que importa un total de 8.900 euros a cuyo pago deben ser condenados los demandados.

La apelada interesa la confirmación de la sentencia.

SEGUNDO

Como tiene declarado entre otras la SAP de Barcelona número 37/2004 de 5 de marzo de 2004 , la cuestión de la cantidad a indemnizar no es en principio pacífica en la doctrina. Cuando la reparación de un vehículo de motor es antieconómica por ser muy superior al valor venal de éste, surge la polémica sobre qué procede: si debe de indemnizarse el valor venal del vehículo, dar el importe de la reparación cualquiera que sea su coste o si es mejor hallar el valor de mercado o de reposición, es decir, lo que costaría adquirir un vehículo de iguales características al siniestrado.

Hay que partir de dos puntos, por un lado la indemnización debe respetar el principio rector de la restitutio in integrum que significa restituir...

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