AAP Barcelona 80/2019, 19 de Marzo de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 80/2019 |
Fecha | 19 Marzo 2019 |
Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de apelación 930/2018 -A
Materia: Cuentas juradas de procurador
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona
Procedimiento de origen:P.S. Cuenta de Procurador/a 46/2018
Parte recurrente/Solicitante: Javier
Procurador/a: Javier
Abogado/a:
Parte recurrida:
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 80/2019
Magistrados:
Marta Rallo Ayezcuren
José Luis Valdivieso Polaino
Juan Sebastian Martin Fernandez
Barcelona, 19 de marzo de 2019
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de P.S. Cuenta de Procurador/a 46/2018 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona, a instancia de Javier representado por el Procurador Javier, contra Banco Santander, S.A. y Luis . Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el Auto dictado el día 04/10/2018 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
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La parte dispositiva del auto apelado es del tenor literal siguiente:
"DECIDEIXO: Desestimar i desestimo el recurs de revisió interposat per part del Procurador dels Tibunals Sr Javier contra el Decret de data 23 de Juliol de 2018 i cal mantenir el seu contingut íntegre.".
Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación por Javier mediante su escrito motivado. Admitido el mismo fueron elevados los autos a esta Audiencia Provincial donde se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 14/02/2019.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Sebastian Martin Fernandez.
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En la ejecución de títulos judiciales 323/2013 se dictó resolución por la que puso fin por satisfacción extraprocesal el 17 de junio de 2014. El 11 de julio de 2018 el procurador presentó escrito de cuenta de procurador, por 282,12€. El 23 de julio de 2018 se dictó decreto que inadmitía la jura de cuenta, por caducidad de la instancia. Contra dicho decreto el procurador interpuso recurso de revisión, que fue desestimado por auto de 4 de octubre de 2018 .
Dicho auto ha sido recurrido en apelación por el procurador Javier . Argumenta que no puede hablarse de caducidad en la instancia porque estamos en un proceso ejecutivo en el que no es de aplicación el art.237 LEC, sino el 239 LEC . Y que la jurisprudencia del TS que se indica en el auto recurrido está erróneamente aplicada pues se trata de resoluciones dictadas en procesos declarativos; afirmando y citando jurisprudencia del TS según la cual la jura de cuentas es un incidente de la misma naturaleza del proceso principal en el que se da, declarativa o ejecutiva, según el caso.
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