STSJ Galicia , 8 de Febrero de 2019

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
Fecha08 Febrero 2019

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA - SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO

-PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 15030 44 4 2016 0004558

Equipo/usuario: MM

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003582 /2018 - RMR

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000919 /2016

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña Marco Antonio

ABOGADO/A: JORGE MANUEL FERNANDEZ-CHAO GONZALEZ-DOPESO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

ABOGADO/A: LETRADO DE LA UNIVERSIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

EN A CORUÑA, A OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003582 /2018, formalizado por el LETRADO D. JORGE MANUEL FERNÁNDEZCHAO GONZÁLEZ-DOPESO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE D/Dª Marco Antonio, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de A CORUÑA en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000919 /2016, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Marco Antonio presentó demanda contra UNIVERSIDAD DE A CORUÑA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- D. Marco Antonio, inició su vinculación, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC (dirección artística y gira)" - documento nº 5 parte actora-, a cuyo efecto suscribieron el contrato el 6 de agosto de 2.009, en el que se f‌ija un presupuesto para los meses de septiembre a diciembre de 2.009, a razón 5.200 €; constando suscrita "folla de pedimento nº 293157", por el citado importe. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de

2.010, estuvo vinculado según el pliego de condiciones técnicas particulares con el mismo objeto "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC (dirección artística y gira)" - documento nº 6 parte actora-, a razón de 15.600 €, que se abonarían en cuatro facturas, por trimestres, constando suscrita "folla de pedimento nº 275049", por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor" (23/11/2009). Para el año 2011, (entre el 01/01/2011 al 31/12/2011) según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC (dirección artística y gira)" - documento nº 7 parte actora-, a cuyo efecto suscribieron el contrato el 26 de octubre de 2.010, en el que se f‌ije un presupuesto a razón 14.820 € brutos, abonado mediante seis factura bimensuales, constando suscrita "folla de pedimento nº 338282", por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor" (3/12/2010). Para el primer trimestre año

2.012, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC (dirección artística y gira)" - documento nº 8 parte actora-, en el que se f‌ije un presupuesto de 3.705 €, que se abonarían en tres facturas. Para el trimestre de octubre a diciembre de 2.012, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC " - documento nº 9 parte actora-, a cuyo efecto suscribieron el contrato el 21 de septiembre de 2.012, en el que se f‌ije un presupuesto de 7.410 €, que se abonarían en dos facturas, constando suscrita "folla de pedimento nº 365942" por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor". Para el período del 15 de febrero a 31 de diciembre de 2.013, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC " - documento nº 10 parte actora-, en el que se f‌ije un presupuesto a razón 13.745,55 € que serían abonados mensualmente, constando suscrita "folla de pedimento nº 335689", por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor". Para el período del 15 de febrero a 31 de diciembre de 2.014, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC " - documento nº 11 parte actora-, a cuyo efecto suscribieron el contrato el 14 de febrero de 2.014, en el que se f‌ije un presupuesto a razón 15.264,60 € que serían abonados mensualmente, constando suscrita "folla de pedimento nº 389839", por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor". Para el período del 1 de enero a 31 de diciembre de 2.015, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC " - folio nº 32 parte demandada -, en el que se f‌ija un presupuesto de 13.745,55 € brutos que serían abonados mensualmente, constando suscrita "folla de pedimento nº 389877", por el citado importe, autorizado por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor". Para el período de 1 de abril a 31 de mayo de 2.016, según las condiciones que se recogen en el pliego de condiciones técnicas particulares, "ejecución de producción teatral de la Aula de Teatro de la UDC " - folio nº 35 parte demandada -, constando suscrita "folla de pedimento nº 415614", por importe de 5.490 € en fecha 10 de marzo de 2.016, autorizado

por la Universidad de A Coruña como partida para "contrato menor". Para el período del 5 de septiembre a de diciembre de 2.016, según las condiciones que se recogen "folla de pedimento nº 421035", con emisión factura en noviembre de 2.016, para la realización "selección de actores y actrices de la obra de teatro que cada año produce UDC, creación, realización, ensayo y representación de la obra de teatro en diferentes festivales, impartición del curso "iniciación a la interpretación teatral", y "interpretación en Aula Teatro Normal", a razón de

6.264,63 €. Para el período del 1 de enero a 30 de junio de 2.017, consta suscrita "folla de pedimento nº 415515", como partida para "contrato menor", para "ejecución teatral de la aula de teatro de la UDC", a razón de 9.000 € brutos. Durante este período el demandante emite facturas a razón de 1.500 € brutos. Segundo.- D. Marco Antonio, desde el inicio de su vinculación con la Universidad de A Coruña, viene desempeñando los trabajos de dirección y coordinación del Aula de Teatro y Danza de la misma, que incluyen la organización de cursos de diferentes disciplinas escénicas (interpretación), dirección de espectáculo teatral anual con un elenco de actores de la propia comunidad universitaria, ejecución de la producción, coordinación y organización el FITEUC, organizar una gira por diferentes festivales (dentro y fuera de Galicia), y en la organización de los cursos que imparte ha de contactar con los docentes que imparten los cursos, f‌ijando su contenido y horarios, que comunica a la Universidad. Prestaba sus servicios inicialmente en la denominada "Casa do Lagar", en la que se encuentran ubicados dos técnicos de cultura, trasladándose posteriormente a la ubicación del espacio cultural de la Universidad, "NORMAL", en Paseo de Ronda de A Coruña. Los ensayos se realizan en el Salón de Actos de estas instalaciones, de los que dispone de llave de acceso y así como autorización de aparcamiento en la zona privada de las mismas y acceso a las contraseñas wif‌i. Para la ejecución de su actividad empleaba el material de atrezzo, vestuario, así como telefónicos, audiovisuales, técnicos y otros materiales precisos para sus representaciones, o de of‌icina que en caso de tener que ser adquiridos debían constar su autorización y justif‌icación ante la Universidad. Tercero.- Los alumnos que participaban en los citados cursos de teatro impartidos en las instalaciones de la Universidad por D. Marco Antonio, lo realizaban previo abono de la correspondiente matricula a la Universidad de A Coruña. Cuarto.- La actividad del Aula de Teatro dependía del Vicerrectorado de la Universidad de A Coruña, inicialmente Vicerrector de Cultura y Comunicación, posteriormente Vicerrectora de Estudiantes, Deportes y Cultura, actualmente Vicerrectora de Estudiantes, Participación y Extensión Universitaria. Quinto.- Para sus comunicaciones con la Universidad, sus alumnos, y las entidades públicas y privadas para el desarrollo de su actividad D. Marco Antonio, emplea las cuentas de correo aula.teatro@udc.es, y posteriormente aula.teatro@istoenomaal.org. Sexto.- D. Marco Antonio, f‌igura de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, desde el 1 de noviembre de 2.009, en el epígrafe "creación artística y literaria". Séptimo.- Con fecha de 21 de julio de 2.016 por D. Marco Antonio

, se formuló reclamación previa frente a la Universidad de A Coruña, en reconocimiento de su relación como laboral, que fue desestimada por Resolución de la Secretaría General de la Universidad de A Coruña en fecha de 19 de agosto de 2.016. - documentos nº 1 y 2 de la parte actora-. D. Marco Antonio, f‌igura de alta...

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