SAP Barcelona 23/2004, 16 de Enero de 2004
Ponente | MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO |
ECLI | ES:APB:2004:400 |
Número de Recurso | 285/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/2004 |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
SENTENCIA N ú m.
Ilmos. Sres.
D. ENRIQUE ANGLADA FORS
Dª.MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
D. MARCIAL SUBIRÁS ROCA
En la ciudad de Barcelona, a 16 de enero de 2004.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 251/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Badalona, a instancia de Dª. Flor , contra D. Esteban y el MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de Junio de 2.002, por el Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la acción interpuesta por la procuradora Sra. Alou en nombre y representación de Doña Flor frente a Don Esteban , representado por el Procurador Sr. Arregui, debo declarar y declaro la obligación del demandado Sr. Esteban de abonar a la Sra. Flor en concepto de alimentos de los hijos de dichos litigantes, la cantidad mensual de 120,20 euros totales mensuales (30,05 euros por hijo) que abonará dentro de los cinco primeros días del mes en la forma que se pacte o, a falta de pacto, en la cuenta bancaria que la Sra. Flor le indique, y que deberá actualizar el demandado Sr. Esteban cada uno de enero conforme la variación anual experimentada por el Indice de Precios al Consumo publicado en el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo pueda sustituir en el futuro, sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en esta acción.- Y debo desestimar y desestimo la acción alimenticia igualmente entablada por Doña Flor en su propio interés frente a Don Esteban , sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas con esta acción".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante suescrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO.
Se alza la apelante contra la resolución impugnada por entender escasa la cuantía de la pensión alimenticia señalada para los cuatro hijos de las partes, solicitando se incremente a la cantidad de
20.000 pts para cada uno , en segundo lugar solicita alimentos para sí en la cantidad de 20.000 pts.
Sentadas así las bases del recurso, por lo...
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