SAP Sevilla 405/2009, 3 de Julio de 2009

PonenteFRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
ECLIES:APSE:2009:2702
Número de Recurso2517/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución405/2009
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 405/09

En la Ciudad de Sevilla, a 3 de julio de 2009.

El Ilmo. Sr. Don Francisco Gutiérrez López, Magistrado de la Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas arriba reseñados, venidos a este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por Fidela , Mónica y Visitacion , asistidas por la letrada Dña. Ángela Hernández Cepeda, es parte en esta alzada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES PROCESALES

PRIMERO

Con fecha 02/12/08 se dictó sentencia en el juicio de faltas antes referido declarando probados los siguientes hechos:

"HECHOS PROBADOS: El dia 10/6/08 las denunciadas Fidela , Mónica y Visitacion antes de entrar en la vista señalada en la causa penal 253/08 y mientras esperaba a ser llamadas increparon a la dte Esmeralda diciendole "que la estaban pagando para que testificara en falso; no te preocupes puta ya que te cogeremos en la calle".

La parte dispositiva de dicha sentencia es del siguiente tenor literal:

FALLO

Que debo condenar y condeno a Fidela , Mónica y Visitacion como autoras de una falta de vejaciones a la pena de multa de 20 dias , con cuota diaria de 6 euros, estableciéndose la responsabilidad penal subsidiaria de 10 días de privación de libertad en caso de impago, pago de 1/3 costas a cada una y prohibición de acercarse a menos de 200 metros y comunicarse con la dte durante 6 meses a cada una.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, la representación procesal de Fidela , Mónica y Visitacion interpuso recurso de apelación contra la misma. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado al Ministerio Fiscal así como a Esmeralda denunciante apelado, que presentó escrito impugnando el recurso de apelación.

TERCERO

Evacuados los trámites de alegaciones se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, designado ponente, correspondió el conocimiento de la causa al Magistrado que suscribe.

HECHOS PROBADOSSe aceptan los hechos probados de la sentencia recurrida que se dan aquí por reproducidos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Formulan recurso de apelación las denunciadas, alegando error en la valoración de las pruebas, pues consideran que los testimonios presados por la denunciante y por Apolonio no son creíbles.

Contrariamente a lo expuesto por las recurrentes no encontramos motivos para cuestionar la credibilidad de esos testimonios que son coherentes...

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