SAP Valladolid 194/2009, 2 de Julio de 2009

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2009:781
Número de Recurso235/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución194/2009
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA: 00194/2009

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000235 /2009

SENTENCIA Nº 194

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE JAIME SANZ CID

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En VALLADOLID, a dos de Julio de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001037 /2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000235/2009, en los que aparece como parte apelante REAL VALLADOLID DE FUTBOL SAD representado por la procuradora Dª. PAULA MAZARIEGOS LUELMO, y asistido por el Letrado D. AGUSTIN AMOROS MARTINEZ, y como apelado FAIR PLAY ASESORAMIENTO DEPORTIVO 2002 SL representado por el procurador D. GONZALO RODRIGUEZ ALVAREZ, y asistido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER ARROYO ROMERO, sobre reclamación de cantidad en concepto de intermediación para la cesión y posible transferencia de los derechos de jugador y entrenador.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 25 de febrero de 2009, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador DON GONZALO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, en nombre y representación de FAIR PLAY ASESORAMIENTO DEPORTIVO 2002, S.L. contra REAL VALLADOLID C.F., S.A.D., representado por el Procurador DOÑA PAULA MAZARIEGOS LUELMO, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar la suma de OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTISIETE EUROS (87.127,00 #), más los intereses legales, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia."TERCERO.- Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandada REAL VALLADOLID DE FUTBOL SAD se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la Deliberación y votación el pasado día 30 de junio de 2009.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don JOSE JAIME SANZ CID.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan todos y cada uno de los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en tanto no se opongan a la presente reclamación.

SEGUNDO

Como consecuencia de la intervención de la parte actora en el ejercicio del derecho de opción por parte del club de Fútbol Barcelona sobre un jugador de Real Valladolid, se firmó un contrato el 11 de mayo de 2004, por el cual se pagaría por el Valladolid la cantidad de 75.127 #, fijándose un calendario para el pago fraccionado de dicha cantidad. El 1 de julio de 2004 la entidad actora intervino en la contratación de un entrenador, se acordó que percibiría 6.000 # en noviembre de 2004, y otros 6.000 en marzo de 2006. De las cantidades adeudadas, nada se ha pagado.

La demandada alega la prescripción de tres años del art. 1967 cc , pues al pactarse unos plazos sucesivos, el plazo de prescripción debe contarse desde el vencimiento de cada uno de ellos, y el momento final del computo, debe fijarse en el de su interrupción mediante reclamación extrajudicial o judicial de sus honorarios que no se ha producido hasta que se remitió el burofax de 3 de enero de 2008.

TERCERO

La parte apelante parte de la base de que los documentos de 11 de mayo y 1 de julio de 2004 son reconocimientos de deuda, y con invocación de la sentencia del TS de 16 de abril de 2008 , alega que interrumpe la prescripción, no comportando por sí misma una alteración de la naturaleza de la obligación a efectos del...

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