SAP A Coruña 232/2009, 29 de Junio de 2009

PonenteANGEL JUDEL PRIETO
ECLIES:APC:2009:2062
Número de Recurso170/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución232/2009
Fecha de Resolución29 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

SENTENCIA

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a veintinueve de junio de dos mil nueve.

En el recurso de apelación penal número 170/09 procedente del Juzgado de lo Penal Coruña-1, sobre DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO, entre partes de la una como apelante Sebastián , y de la otra como apelado MINISTERIO FISCAL.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de lo Penal Coruña-1, con fecha treinta de diciembre de dos mil ocho , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue:"FALLO: Condeno a Sebastián como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia del artículo 22.8º del Código Penal y la atenuante analógica de dilación indebida del artículo 21.6 del Código Penal , a la pena de multa de 7 meses, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas y a la pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por el tiempo de un año y 2 meses".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del apelante, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados procedentes, a las demás partes y evacuados los mismos, se acordó elevar las mismas a la Audiencia Provincial, para su resolución.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Como tales expresamente se declaran los así consignados en la sentencia apelada y que son del tenor literal siguiente: "Sobre las 20.10 horas del día 13 de diciembre de 2006, cuando Sebastián , nacido en Madrid el día 3 de agosto de 1971, hijo de José Luis y Julia, vecino de A Coruña, con domicilio en la calle DIRECCION000 , nº NUM000 - NUM001 , con D.N.I. NUM002 , con antecedentes penales computables, estacionó el vehículo de su propiedad marca Ford, modelo Focus, matrícula ....-QKK , en la DIRECCION000

, en la ciudad de A Coruña, a la altura de un pabellón de deportes allí existente, colisionó entre el vehículo marca Peugeot, modelo 307, matrícula ....-FVT , propiedad de Flor , que se encontraba correctamente estacionado, causándole desperfectos.

Flor , que se encontraba correctamente estacionado, causándole desperfectos.

Flor , la cual renunció al ejercicio de acciones civiles y cualquier reclamación de daños y perjuicios por dicho golpe, avisó a la Policía Local de A Coruña, presentándose en el lugar de los hechos a los pocos minutos de ocurrida la colisión una dotación de dicho cuerpo policial formada por el cabo con número profesional NUM003 y el agente con número NUM004 . Estos últimos, informados por unos jóvenes no identificados, localizaron a Sebastián en un bar próximo llamado 8ª REGIÓN.

Ante los síntomas que presentaba el acusado fue solicitada la presencia de un equipo de atestados de la Policía Local de A Coruña. Una vez en el lugar el mencionado equipo, Sebastián fue requerido para que realizase un control de alcoholemia.

El acusado había bebido cerveza y cubalibres antes del control.

Sebastián llevó a cabo una prueba de alcoholemia con el etilómetro de precisión marca DRÄGER, modelo ALCOTEST 7110-E, número de serie ARNH-0122, debidamente calibrado, arrojando en la primera medición, llevada a cabo a las 21.24 horas, el resultado de 1,07 miligramos de alcohol por un litro aire espirado, y en la segunda,...

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