SAP Santa Cruz de Tenerife 814/2008, 14 de Noviembre de 2008
Ponente | AURELIO BERNARDINO SANTANA RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APTF:2008:2707 |
Número de Recurso | 48/2005 |
Número de Resolución | 814/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚMERO 814/08
Ilmos Srs.
PRESIDENTE
Dª. Francisca Soriano Vela
MAGISTRADOS
D. Francisco Mulero Flores
D. Aurelio Santana Rodríguez
En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a catorce de noviembre del dos mil ocho.
Vista en nombre de S. M. el Rey, y en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, la causa Procedimiento Abreviado 145/01, procedente del Juzgado de Instrucción número 5 de La Laguna (Diligencias Previas 818/96), Rollo de esta Sala 48/05, por delito de falsedad en documento mercantil y estafa, contra Isidro , hijo de Laureano y de Amelia , natural y vecino de La Laguna, de desconocida solvencia, con instrucción, sin antecedentes penales, representado por el Procurador Sr. Murguía Santana y defendido por el Letrado Sr. Aznar Domingo, y contra Carolina , hija de Eugenio y de María del Rosario, natural y vecina de La Laguna, de desconocida solvencia, con instrucción, sin antecedentes penales, representada por el Procurador Sr. Murguía Santana y defendida por el Letrado Sr. Aznar Domingo; ejerciendo la acusación pública el Ministerio Fiscal; y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Aurelio Santana Rodríguez.
Se declaran probados los hechos siguientes: "PRIMERO: Por el Ministerio Fiscal se presentó escrito de conclusiones provisionales en el que se consideraba que los acusados Isidro y Carolina , puestos de común y previo acuerdo para obtener un ilícito beneficio realizaron los siguientes hechos:
A) El acusado Isidro a consecuencia de relaciones comerciales que mantuvo con "Electrodomésticos Jata S.A." se hizo deudor a ésta en la cantidad de 40 millones de pesetas. Como medio de amortizar la deuda, las partes pactaron que el acusado asumiría la condición de agentes comercial para "Electrodomésticos Jata S.A.", gestionando ventas de productos de ésta. Entre los años 1994 y 1995 los primeros meses del año 1996 pero con anterioridad al 25 de mayo de 1996, los acusados que formaban matrimonio, guiados por el ánimo de obtener un ilícito beneficio, simularon la realización de pedidos para clientes inexistentes, quedándose con las mercancías que teóricamente suministraban a clientes ficticios.Así, los acusados simularon los siguientes pedidos: a) a nombre de Boutique del Supermercado S.L., Electrodomésticos Jata S.A., suministró un pedido por...
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