SAP A Coruña 459/2008, 6 de Noviembre de 2008

PonenteMARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO
ECLIES:APC:2008:3607
Número de Recurso81/2008
Número de Resolución459/2008
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

SENTENCIAEn el recurso de apelación penal número 81/08, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Menores de A Coruña, en el Expediente número 485/06, seguidas de oficio por un delito de integridad moral y vejaciones, figurando como apelantes Isabel , Verónica , Antonia y Dolores , y como apelados EL MINISTERIO FISCAL y Luisa .- Siendo Ponente la Ilma. DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por la Ilma. Magistrada- Juez del Juzgado de lo Penal Menores de A Coruña con fecha 20-6-08 , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Imponer a la menor Isabel , como autora de un delito contra la integridad moral, la medida de realización de tareas socioeducativas durante 15 horas. Absolver a la menor Teresa . Imponer a la menor Verónica , como autora de una falta de vejaciones, la medida de amonestación. Imponer a la menor Antonia , como autora de una falta de vejaciones, la medida de amonestación. Imponer a la menor Dolores , como autora de una falta de vejaciones, la medida de amonestación".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Isabel y también por la representación procesal de Verónica , Antonia y Dolores , que les fueron admitidos en ambos efectos, por proveído de fecha 16-7-08, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , a las restantes partes.

TERCERO

Por proveído de fecha 29-7-08, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Recurso interpuesto por la representación procesal de Isabel .

Se opone la recurrente a la sentencia de instancia, alegando que los hechos enjuiciados no son constitutivos de un delito del art. 173 del Código Penal y que subsidiariamente se la condene como autora de una falta de vejaciones del art. 620 del C.P ..

No pueden tener las alegaciones de la recurrente la trascendencia pretendida. Los hechos denunciados y probados en juicio constituyen un clamoroso caso de acoso que tiene su plasmación en el artículo 173 del C.P .. Realmente, teniendo en cuenta que la denunciante y la denunciada son adolescentes, se hace difícil qué más tendría que ocurrir para integrar la conducta penal del artículo 173 .

Los principales caracteres del trato degradante, consisten en: a) la humillación de quien lo padece; b) la reducción a casa del humillado (cosificación); c) la gravedad que se plasma en la afectación de la integridad moral.

Como adecuadamente pondera la Juez de instancia, desde la posición privilegiada que la inmediación le confiere y que le permite valorar, no solo lo dicho por los testigos, sino como lo han dicho con sus gestos, posturas y actitudes. La declaración de la víctima es seria, creíble y persistente y como ella...

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