SAP Cádiz 299/2009, 10 de Junio de 2009

PonenteRAMON ROMERO NAVARRO
ECLIES:APCA:2009:767
Número de Recurso241/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución299/2009
Fecha de Resolución10 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 299/2009

En Cádiz a diez de junio de dos mil nueve.-Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de juicio verbal de formación de inventario en la liquidación de Regimen de Gananciales seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por Sabino y en el que es parte recurrida Ofelia . Ninguna de las partes se ha personado en esta Sala.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ramón Romero Navarro, que expresa el parecer de esta Sala y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por la Iltma. Sra. Magistrado- Juez de Primera Instancia núm 1 de Ceuta con fecha 3 de diciembre de 2008 dictó sentencia en los presentes autos, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Dª Ingrid Herrero Jiménez en nombre y representación de D. Sabino , se aprueba como inventario de la sociedad de gananciales formada por D. Sabino y D. Ofelia el siguiente:

Activo:

Derecho de ejercitar la opción de compra sobre Finca Registral nº NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Ceuta, tomo NUM001 , libro NUM002 , folio NUM003 , ubicada en la BARRIADA000 , Portal nº NUM004 , Puerta NUM005 de esta ciudad.

Pasivo:

Precio aplazado pendiente de pago a la Ciudad Autónoma de Ceuta para la compraventa de la vivienda municipal sita en Barriada BARRIADA000 .SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte apelante se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por entender lesiva para sus intereses la resolución de instancia. Admitido que lo fue en ambos efectos, y formalizado alegando los motivos de disentimiento con la sentencia, se dio traslado del escrito de formalización a la parte contraria por plazo de diez días a fin de que pudieran oponerse al recurso o impugnar la resolución. Transcurrido dicho término se elevaron a esta Audiencia los autos originales con los escritos presentados.-TERCERO.- Recibidos los autos, formado el rollo correspondiente para sustanciar la apelación, turnada que fue la ponencia y no habiéndose propuesto prueba en el escrito de interposición, quedaron los autos conclusos para dictar resolución dentro del término legal.-CUARTO.-Que en la...

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