AAP Tarragona 18/2019, 24 de Enero de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución18/2019
Fecha24 Enero 2019

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Tarragona. Civil

Avenida Presid. Lluís Companys, 10 - Tarragona - C.P.: 43005

TEL.: 977920101

FAX: 977920111

EMAIL:aps1.tarragona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 4312342119910039286

Recurso de apelación 631/2018 -U

Materia: Ejecución títulos no judiciales

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Reus Procedimiento de origen:Ejecución de títulos no judiciales 482/1991 Parte recurrente/Solicitante: Clara

Procurador/a: Walter Galiano Baixauli

Abogado/a: MOISÈS GEBELLÍ JOVÉ

Parte recurrida: Felix, IBERIA INVERSIONES II LIMITED Procurador/a: Miriam Torreblanca Mendoza

Abogado/a:

AUTO Nº 18/2019

ILMOS. SRES.

Presidente

D. Antonio Carril Pan

Magistrados

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. Manuel Horacio Garcia Rodriguez

Tarragona, 24 de enero 2019.

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 631/2018 frente al auto de 24 abril 2018, recaído en Ejecución Titulo No Judicial nº 482/1991, tramitado por el Jugado de 1ª Instancia Nº 4 de Reus, a instancia de BANCO DE BILBAO VIZCAYA

S.A (sucedido por IBERIA INVERSIONES II LIMITED, hoy y en lo sucesivo con la nueva denominación IBERIA

INVERSIONES II DESIGNATE D ACTIVITY COMPANY), como demandante-apelante, y D. Felix y Dña. Clara, como demandados y la segunda como apelante, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Auto antes señalado, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "No ha lugar a las pretensiones deducidas por la Procuradora Sra. Montserrat Ramón de la Casa en nombre y representación de Clara no declarando prescrita la acción ejecutiva ni dejando sin efecto la sucesión procesal acordada".

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Ilmo/a Sr./a Magistrado/a Ponente D. Manuel Horacio Garcia Rodriguez.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Tramite en primera instancia.

  1. BANCO DE BILBAO VIZCAYA S.A (sucedido por IBERIA INVERSIONES II LIMITED, hoy y en lo sucesivo con la nueva denominación IBERIA INVERSIONES II DESÍGNATE ACTIVITY COMPANY) promovió juicio ejecutivo (LEC 1881) en reclamación del capital de un préstamo personal frente a D. Felix y Dña. Clara obteniendo sentencia de remate el 17 enero 1991, cuya ejecución se inició y desarrolló hasta que el 28 enero 2004 quedó paralizada por averiguación de bienes de los ejecutados, reanudándose el 21 julio 2015 con la sucesión procesal de la entidad antes mencionada.

  2. La ejecutada Dña. Clara alegó la prescripción de la acción ejecutiva por el transcurso de más de diez años de inactividad e impugnó el Decreto de 27 mayo 2016 que acepta la sucesión procesal, dada la imposibilidad de ejercitar el retracto del art. 1535 CC por la falta de concreción del precio de la cesión que se ha hecho con abuso de derecho, y el Decreto de 20 febrero 2017 en cuanto a la suma reclamada.

  3. La resolución de primer grado rechaza la prescripción por entender que una vez iniciada la ejecución esta debe continuar hasta la completa satisfacción del crédito al ejecutante, así como la revisión de los dos decretos por ser firmes.

La...

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