SAP Alicante 42/2009, 27 de Enero de 2009

PonenteMARIA DOLORES OJEDA DOMINGUEZ
ECLIES:APA:2009:923
Número de Recurso48/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución42/2009
Fecha de Resolución27 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 000042/2009

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

JOSE DANIEL MIRA PERCEVAL VERDU

Magistrados/as

Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZJOSE MARIA MERLOSFERNANDEZ

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En Alicante, a veintisiete de enero de dos mil nueve.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 396, de fecha 29/11/2007, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Alicante, en su Juicio Oral núm. 338/06, correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 205/05 del Juzgado de Instrucción de 3 de Alicante, por delito Contra la propiedad intelectual; habiendo actuado como parte apelante el MINISTERIO FISCAL, y, como parte apelada Maximiliano representado por el Procurador D. JORGE BONASTRE HERNÁNDEZ y dirigido por la Letrada Dª Mª SOLEDAD LOSA RODRIGUEZ.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "El día 8 de julio de 2.005, una dotación de la Policía Nacional, de servicio en la Estación de Autobuses, de Alicante, vieron una mochila en el suelo, acudiendo el acusado, Maximiliano , mayor de edad, sin antecedentes penales, diciendo que era suya.

La mochila contenía 200 CDs de distintos títulos, intérpretes y autores, y 55 películas en formato DVD, que tenían grabadas, respectivamente, sonidos e imágenes. No consta acreditado que contuvieran grabaciones de obras musicales o cinematográficas sobre las que una o varias personas tengan vigentes derechos de propiedad intelectual"HECHOS PROBADOS QUE SE MODIFICAN, quedando redactados como sigue: "El día 8 de julio de 2005, agentes de la Policía Nacional detuvieron al acusado Maximiliano en las inmediaciones de la estación de autobuses de Alicante, portando este una mochila que contenía 200 CDs ilícitamente reproducidos o grabados de otros originales sin autorización de los legítimos titulares de los derechos de autor, de distintos títulos y autores. correspondientes a productores en su mayoría representados por AFYVE . Asimismo portaba 55 películas en formato DVD ilícitamente reproducidos o grabados de otros originales sin autorización de los legítimos titulares de los derechos de autor.

ADIVAN tiene por objeto la defensa de productores y distribuidores de videogramas y de los intereses colectivos de la Asociación.

La Sociedad General de Autores y Editores gestiona los derechos de propiedad intelectual por cesión de los autores y tiene contratos de representación recíproca con otras entidades de gestión extranjera.

Tales CD,s y DVD,S los tenía el acusado con el fin de dedicarlos a su venta y a sabiendas de que eran falsos

No consta que las productoras o distribuidoras hayan sufrido perjuicio económico alguno".

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Absuelvo a Maximiliano del delito contra la propiedad intelectual del que venía siendo acusado declarando de oficio las costas del juicio"

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por EL MINISTERIO FISCAL, se interpuso el presente recurso alegando: error en la apreciación de la prueba e infracción del art. 270.1 del C.P .

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a la deliberación y votación de la presente sentencia el pasado día 20/1/2009

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZ, Magistrado de esta Sección Tercera, que expresa el parecer de la Sala.

I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Impugna el Ministerio Fiscal la sentencia dictada en el procedimiento de que dimana esteRollo, afirmando que la Magistrado de Instancia ha errado en la valoración de la prueba practicada concretamente en los aspectos...

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