SAP Jaén 342/2008, 30 de Diciembre de 2008

PonenteLUIS JAVIER GUTIERREZ JEREZ
ECLIES:APJ:2008:1613
Número de Recurso409/2008
Número de Resolución342/2008
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 342

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. Mª Esperanza Pérez Espino

MAGISTRADOS

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

D. Luis Javier Gutiérrez Jerez

En la ciudad de Jaén, a treinta de Diciembre de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de ésta Audiencia Provincial, los autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos en Primera Instancia con el núm. 102 del año 2004, por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de MARTOS, Rollo de Apelación de ésta Audiencia núm. 409/2008 a instancia de Dª. Eduardo , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Jesús Ocaña Toribio y defendido por el Letrado D. Joaquín Soler Chamorro contra D. Narciso , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Ángeles Mérida González y defendidos por el Letrado D. Carlos María Barranco Zafra.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de MARTOS, con fecha veintiocho de abril de dos mil cinco.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo:

>.

SEGUNDO

Una vez comunicada la terminación de causa criminal que interrumpió el procedimiento civil con fecha 28/07/05, contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por la representación de D. Narciso en tiempo y forma Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de MARTOS, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición al recurso interpuesto; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadasque fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Luis Javier Gutiérrez Jerez, que expresa el parecer de la Sala.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de los documentos que obran en autos y de las pruebas practicadas en la primera instancia, nos encontramos en el presente procedimiento ante una alegación referida a hechos que han constituido la base de una Sentencia penal absolutoria.

De acuerdo con lo establecido por una extensa Jurisprudencia, dichas Sentencias no atribuyen el efecto de cosa juzgada en la jurisdicción civil en cuanto a los hechos que han constituido su base de pronunciamiento, quedando únicamente vinculada la jurisdicción civil respecto a los hechos probados por las Sentencias condenatorias y respecto a la declaración de inexistencia de estos.

Asume éste Tribunal la argumentación aportada en el escrito de oposición al recurso interpuesto en cuanto a dicha cuestión en relación con las Sentencias del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2005, 28 de octubre de...

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