SAP Las Palmas 906/2008, 26 de Diciembre de 2008
Ponente | JORGE LUIS LOPEZ CURBELO |
ECLI | ES:APGC:2008:3871 |
Número de Recurso | 18/2007 |
Número de Resolución | 906/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª |
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
Presidente:
D./Dª. Ricardo Moyano García
Magistrados:
D./Dª. Ildefonso Quesada Padrón
D./Dª. Jorge López Curbelo
En Las Palmas de Gran Canaria , a 26 de diciembre de 2008 . SENTENCIA APELADA DE FECHA: 21 de diciembre de 2007
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Valentín VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 21 de diciembre de 2007 , seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de D./Dña. Valentín representados por el Procurador D./Dña. Mónica Padrón Franquiz y dirigidos por el Letrado D./Dña. Rebeca Miriam Prieto Hernandez , siendo parte apelada D./Dña. Nuria representados por el Procurador D./Dña. Carmen Viera Cabrera y dirigidos por el Letrado D./Dña. Jorge Carlos Platas Mejuto , siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.
El Fallo de la Sentencia apelada dice:Que estimando parcialmente la demanda de modificación de medidas adoptadas en la sentencia de separación dictada el día 30 de junio de 2005 en autos 999/2004 de este Juzgado, demanda formulada por la Procuradora Dña. Mónica Padrón Franquiz en nombre y representación de D. Valentín , contra DÑA. Nuria , representada por la Procuradora Dña. Carmen Viera Cabrera, debo acordar y acuerdo extinguir y dejar sin efecto la pensión de alimentos a cargo de D. Valentín y a favor de su hijo SERGIO que se estableció en aquélla sentencia, desestimando la pretensión de extinción de la pensión compensatoria fijada igualmente en esa sentencia a favor de DÑA. Nuria , sin hacer expresa imposición de las costas procesales y manteniendo el resto de las medidas acordadas en la sentencia que parcialmente se modifica.
No procede hacer expresa imposición de costas.
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 10 de octubre del 2.008 .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Jorge López Curbelo , quien expresa el parecer de la Sala.
La cuestión fundamental a que se contrae el recurso de apelación interpuesto por el actor se refiere a la pensión compensatoria por importe de ciento veinte euros que viene satisfaciendo a doña Nuria , respecto de la cual se solicita que se declare su extinción (folio 114 de autos), para lo cual alega que las circunstancias imperantes al tiempo en que se dictó la sentencia de separación de fecha 30 de junio de 2005 han cambiado, dado que no ha "conseguido incorporarse al mundo laboral" (sic). En tal sentido y con arreglo a los postulados propios del principio de congruencia, el mantenimiento o no de dicha pensión compensatoria será el único punto que deberá ser examinado por la Sala, deviniendo firmes el resto de pronunciamientos contenidos en la sentencia recurrida.
Como ha tenido ocasión de reconocer esta Sala, entre otras, en la SAP de Las Palmas núm. 138/2008 (Sección 3), de 29 febrero , en términos generales, el derecho a percibir la pensión compensatoria descansa en dos presupuestos o requisitos objetivos esenciales:
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La...
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