SAP Badajoz 188/2008, 15 de Diciembre de 2008
Ponente | JOSE MARIA MORENO MONTERO |
ECLI | ES:APBA:2008:947 |
Número de Recurso | 92/2008 |
Número de Resolución | 188/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª |
SENTENCIA
En la Ciudad de Mérida a quince de Diciembre de dos mil ocho.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida en el caso por el Magistrado infrascrito, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia del Juzgado de Instrucción Nº Cuatro de Mérida en el Juicio de Faltas nº 411/07.
La resolución combatida, datada a 31-III-00, establece como probados los siguientes hechos: "El día 22 de junio del año 2007, sobre las 17:45 horas aproximadamente, se produjo un altercado en el taller de carpintería de Don Marco Antonio , sito en la calle DIRECCION000 , nº NUM000 de Mérida, entre éste y Don Simón , en el curso del cual éste agredió a aquél agarrándolo por el cuello y lanzándolo contra un coche, llegando también a amenazarle con la expresión 'ya te cogeré solo'. == A resultas de dicha agresión, Don Marco Antonio sufrió erosiones cutáneas en cuello, así como contractura cervical y lumbar, lesiones que precisaron solamente de una primera asistencia facultativa para sanar y tardaron en curar 10 días, no quedándole secuelas. == Del mismo modo, y como consecuencia de la agresión se produjo la rotura de la camisa que llevaba el Sr. Marco Antonio ".
El fallo del Juzgado dice: "Que debo condenar y condeno a Don Simón , como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa, a razón de 5 euros/día, y como autor responsable de una falta de amenazas, a la pena de 10 días de multa, con la misma cuota diaria de 5 euros, lo que hace un total global por ambas faltas de 200 euros, con la prevención de incurrir en responsabilidad personal subsidiaria, caso de impagar dicha pena, que consistirá en un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, lo que en el presente caso supondría 20 días de privación de libertad; con imposición también al mismo de las costas, en su caso, generadas en la presente causa. == Igualmente, debo condenar y condeno a Don Simón a abonar en concepto de responsabilidad civil, a Don Marco Antonio
, la cantidad de 330 euros".
Recurre de la Sentencia dicha el denunciado, quien solicita su revocación y que, en lugar de lo dispuesto en ella, se lo absuelva de la falta que le viene imputada. El Ministerio Fiscal se opone al recurso.Cuarto: Formado el oportuno rollo, se continuó por...
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