SAP Jaén 122/2009, 3 de Junio de 2009

PonenteJOSE CALIZ COVALEDA
ECLIES:APJ:2009:841
Número de Recurso76/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución122/2009
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 122/09

En la ciudad de Jaén a tres de Junio de dos mil nueve.

El Magistrado arriba transcrito ha visto en grado de apelación el Juicio de Faltas número 27 de 2008, seguido ante el Juzgado de Instrucción número dos de Andújar, por la falta de amenazas, daños y falta de respeto a Agentes de la Autoridad, siendo acusado Ovidio , cuyas circunstancias constan en la recurrida.

Ha sido partes el Ministerio Fiscal como apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción número dos de Andújar, se dictó en fecha 30 de diciembre de 2.008, Sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: " De lo actuado resulta acreditado que, en la tarde del 2 de diciembre de 2007 y en el término municipal de esta ciudad, Ovidio tuvo un incidente con el menor Secundino , hijo de Jose Francisco , el cual al salir a la vía pública para ver que ocurría, fue increpado, al igual que el menor, por Ovidio quien les refirió "me cago en tus muertos", "os voy a matar". Acto seguido, Ovidio causó destrozos en el vehículo de Jose Francisco , peritados en 378,16 #.

Al concurrir los agentes de Policía Nacional nº NUM000 y NUM001 al lugar, Ovidio les dirigió la expresión "te tengo que matar a ti y a ti", mientras los señalaba.".

SEGUNDO

Así mismo la referida sentencia contiene el siguiente FALLO: " ABSOLVER a D. Ovidio de los hechos que se le imputaban y declarar de oficio las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente Sentencia al Ministerio Fiscal y demás partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde sunotificación, que se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , según marca el artículo 976 de este texto legal.

Respecto del comportamiento del representante del Ministerio Fiscal en juicio, con testimonio de la presente y acto del juicio, procédase a la apertura de expediente gubernativo con el fin de poner en conocimiento del superior jerárquico del Ministerio Público que corresponda los hechos a los efectos disciplinarios previstos en el Estatuto del Ministerio Fiscal (artículo 61 y siguientes).".

TERCERO

Contra la mencionada sentencia por el Ministerio Fiscal se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a las demás partes para su impugnación o adhesión a la apelación.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia, se acordó formar rollo, turnar de ponente, quedando examinados para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

No se aceptan ni se rechazan los hechos probados ni la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Examinados los autos, resulta que el juicio se celebró sin la presencia del Ministerio Fiscal a consecuencia de la disputa producida entre el Juez de Instancia y el representante del Ministerio Fiscal, acerca del lugar que debería ocupar en estrados éste último, insistiendo el Ministerio Fiscal en sentarse a la derecha del...

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