SAP Valencia 375/2018, 12 de Septiembre de 2018
Ponente | JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO |
ECLI | ES:APV:2018:4846 |
Número de Recurso | 881/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 375/2018 |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN UNDÉCIMA
VALENCIA
NIG: 46250-42-1-2016-0038923
Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 881/2017- MS - Dimana del Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) Nº 001178/2016 Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE VALENCIA
Apelante: Dª Berta .
Procurador.- D. JESUS QUEREDA PALOP.
Apelado: Dª Florencia .
Procurador.- D. ANTONIO BLASCO ALABADI.
SENTENCIA Nº 375/2018
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
Magistrados/as
DÑA. SUSANA CATALAN MUEDRA
D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
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En Valencia, a doce de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) - 001178/2016, promovidos por Dª Florencia contra Dª Berta sobre "desahucio por falta de pago", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª Berta, representada por el Procurador D. JESUS QUEREDA PALOP y asistida del Letrado Dña. LUCIA INMACULADA RAMON MORENO contra Dª Florencia, representada por el Procurador D. ANTONIO BLASCO ALABADI y asistida del Letrado D. FCO. JAVIER GUILLEM FERNANDEZ.
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE VALENCIA, en fecha 19/07/17 en el Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) - 001178/2016 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda formulada por DÑA. Florencia contra DÑA. Berta, declarando que Dª Berta ocupa la vivienda sita en c/ DIRECCION000, nº NUM000 pta. NUM001 de Valencia en condición de precario, debiendo desalojar la misma. Todo ello con expresa imposición de costas a DÑA. Berta . ". SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Dª Berta, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Dª Florencia . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 10 de Septiembre de 2018. TERCERO.- Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, los cuales se hacen propios y se incorporan a la presente como si formaran parte de la presente resolución.
Frente a la sentencia recaída en la instancia, estimatoria de la demanda de desahucio en precario planteada por Dña. Florencia contra Dña. Berta, se alzó en apelación la demandada, insistiendo en que siendo heredera y usufructuaria del 50% de la vivienda objeto de desahucio, tenía titulo suficiente que hacía inviable calificar de precario su situación posesoria. Pero las razones impugnatorias deducidas al efecto no pueden conducir al fin revocatorio pretendido, ya que en nada desvirtúan las razones jurídicas y facticas tenidas en cuenta por el Juez "a quo" para estimar la demanda de desahucio en...
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