STSJ Murcia 854/2009, 30 de Septiembre de 2009

PonenteASCENSION MARTIN SANCHEZ
ECLIES:TSJMU:2009:2079
Número de Recurso280/2009
Número de Resolución854/2009
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00854/2009

ROLLO DE APELACIÓN nº 280/09

SENTENCIA nº 854/09

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN SEGUNDA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech

Presidente

Dª. Ascensión Martín Sánchez

D. Joaquín Moreno Grau

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA nº 854/09

En Murcia, a treinta de septiembre de dos mil nueve.

En el rollo de apelación nº 280/09 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 89/09, de cuatro de febrero de del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia dictada en el recurso contencioso administrativo 660/08, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante Dª. Antonieta , de nacionalidad boliviana, representada por la Procuradora Dª. África Durante León, y defendido por la Abogada Dª. Juana Carmen Salinas García y como parte apelada la Delegación delGobierno de Murcia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, sobre infracción grave del art. 53. a) de la Ley 4/2000 , reformada por la Ley 8/2000 (estancia irregular en España); siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Ascensión Martín Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 25-09-09 .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada estima en parte el recurso contencioso administrativo formulado por la recurrente contra la resolución de la Delegación del Gobierno de Murcia de catorce de abril de de 2008 que acuerda imponer a la actora la sanción de expulsión y prohibición de entrada durante 5 años del territorio nacional, por infringir el art. 53 a) de la L.O. 4/2000 , reformada por L. O. 8/2000 , sobre derechos y libertades de los Extranjeros en España y su integración social, por encontrarse irregularmente en territorio español, por no haber obtenido o tener caducada más de tres meses la prórroga de estancia, la autorización de residencia o documentos análogos cuando fueren exigibles y siempre que el interesado no hubiera solicitado la renovación de los mismos en el plazo previsto reglamentariamente, sustituyendo dicha sanción por la de una multa de 600 euros.

El Juzgado de instancia rechaza la alegada falta de tipicidad de la resolución impugnada alegada, por entender que los hechos imputados están correctamente tipificados en el art. 53 a) de la L. O. 4/2000 , que el instructor y secretario del expediente están suficientemente identificados, y que la falta de traslado de la propuesta de resolución no causó indefensión a la interesada. Por último llega a la conclusión que la resolución impugnada infringe de acuerdo con la jurisprudencia aplicable (STS de 22-12-2005 ) el principio de proporcionalidad teniendo en cuenta que las sanciones impuestas no aparecen motivadas ni en la resolución impugnada ni en expediente administrativo y por tanto que las mismas deben ser sustituidas por otra de multa de 600 euros.

Alega...

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