SAP Asturias 401/2018, 28 de Septiembre de 2018
Jurisdicción | España |
Fecha | 28 Septiembre 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial de Asturias, seccion 7 (civil) |
Número de resolución | 401/2018 |
AUD.PROVINCIAL SECCION SEPTIMA
GIJON
SENTENCIA: 00401/2018
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 7 de GIJÓN
Modelo: N10250
PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN
-Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940
Equipo/usuario: MG
N.I.G. 33024 42 1 2017 0003483
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000293 /2018
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000323 /2017
Recurrente: Julián, Encarnacion
Procurador: Mª PAZ MANUELA ALONSO HEVIA, PEDRO PABLO OTERO FANEGO
Abogado: ÚRSULA MENÉNDEZ FERNÁNDEZ, ANA MARÍA BARRIENTOS ALVAREZ
Recurrido: Martin, Maximiliano, Melchor
Procurador:, JUAN RAMON SUAREZ GARCIA, JUAN RAMON SUAREZ GARCIA
Abogado:, MARCELINO ABRAIRA PIÑEIRO, MARCELINO ABRAIRA PIÑEIRO
SENTENCIA N.º 401/2018
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA
D. JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ
D. EDUARDO GARCIA VALTUEÑA
En GIJON, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 007, de la Audiencia Provincial de GIJON, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000323 /2017, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000293 /2018, en los que aparece
como parte apelante, D. Julián, y D.ª Encarnacion, representados respectivamente, por los Procuradores de los tribunales, Sr./a. D.ª M.ª PAZ MANUELA ALONSO HEVIA y D. PEDRO PABLO OTERO FANEGO, asistidos, respectivamente, por los Abogados D. ÚRSULA MENÉNDEZ FERNÁNDEZ y ANA MARÍA BARRIENTOS ALVAREZ, y como parte apelada, Maximiliano y Melchor, representados por el Procurador de los tribunales, Sr./a. D. JUAN RAMON SUAREZ GARCIA, asistidos por el Abogado D. MARCELINO ABRAIRA PIÑEIRO, y D. Martin, como tercer interviniente, no personado en esta alzada, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA.
El Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro, de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 29 de diciembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª María Paz Manuela Alonso Hevia, en nombre y representación de D. Julián, contra D. Maximiliano, representado por el Procurador D. Alberto Llano Pahíno; contra D. Melchor, con la misma representación y dirección letrada del anterior, y contra Dª Encarnacion, representada por el Procurador D. Pedro Pablo Otero Fanego, debo acordar y acuerdo lo siguiente:
-
/ Se absuelve a los codemandados D. Maximiliano y d. Melchor de la totalidad de las pretensiones deducidas en su contra por la representación del actor.
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/ Se condena a Dª Encarnacion a satisfacer a D. Julián la cantidad de diez mil trescientos doce euros con ochenta y dos céntimos (10.312,82 €), mas los intereses legales por ella generados, contados desde la fecha de interposición de la demanda.
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/ No ha lugar a hacer especial pronunciamiento referido a costas."
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por las representaciones procesadle de los apelantes de D. Julián y D.ª Encarnacion se interpusieron respectivos recursos de apelación y admitidos a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 25 de septiembre de 2018.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
En el recurso de apelación interpuesto por el actor, se combate la desestimación de la sentencia de la pretensión de cobro de honorarios, en su calidad de contador partidor contratado por los albaceas de la causante doña Amanda, que fueron nombrados en el testamento notarial otorgado el 9 de julio de 1998, encargo que fue llevado a cabo y protocolizada la división hereditaria en el año 2014, de la que deriva el cobro de honorarios girados a la herencia por importe de 10.312,82 euros autorizado por los albaceas, -documento 5 de la demanda-, que dos de los herederos se oponen a realizar, debido a la existencia de un testamento ológrafo protocolizado...
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ATS, 12 de Mayo de 2021
...fecha 28 de septiembre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª, con sede en Gijón), en el rollo de apelación nº 293/2018, dimanante de juicio ordinario nº 323/2017 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la......