AAP Madrid 312/2018, 19 de Septiembre de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Septiembre 2018
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
Número de resolución312/2018

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933917

37007750

N.I.G.: 28.079.42.2-2012/0232260

Recurso de Apelación 662/2018

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid

Autos de Ejecución de títulos judiciales 36/2017

APELANTE: APORESAL SL

PROCURADOR D./Dña. ALEJANDRO ESCUDERO DELGADO

APELADO: BANCO DE SABADELL S.A.

MAGISTRADO: ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

A U T O Nº 312/2018

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ

Dña. AMALIA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD SANZ FRANCO

En Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil dieciocho.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Ejecución de títulos judiciales 36/2017 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid, seguidos entre partes, de una como apelante- ejecutante APORESAL SL, representada por el Procurador D./Dña. ALEJANDRO ESCUDERO DELGADO y defendida por Letrado, contra BANCO DE SABADELL S.A. apelado- ejecutado.

Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

HECHOS

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 51 de Madrid en fecha 5 de marzo de 2018, se dictó Auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"SE DENIEGA EL DESPACHO DE EJECUCIÓN SOLICITADO por Procurador D./Dña. ALEJANDRO ESCUDERO DELGADO en nombre y representación de APORESAL, S.L. frente a BANCO SABADELL, S.A"

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte ejecutante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 10 de septiembre de 2018, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 18 de septiembre de 2018.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre apelación por la representación procesal de la entidad mercantil APORESAL S.L. el auto dictado el día 5 de marzo de 2018 por el Juzgado de Primera Instancia nº 51 de Madrid, en cuya virtud se acordó denegar el despacho de ejecución solicitado por dicha parte rituaria con apoyatura en que la pretensión que se ejercita en la demanda de ejecución no aparecía amparada en el título ejecutivo que se aporta, toda vez que las consecuencias inherentes a la nulidad declarada por la sentencia son fijadas en la propia sentencia, y se contraen a la suma de 42.557,84 euros, más los correspondientes intereses y no...

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