SAP Sevilla 430/2018, 5 de Septiembre de 2018

PonentePURIFICACION HERNANDEZ PEÑA
ECLIES:APSE:2018:2055
Número de Recurso7187/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución430/2018
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla

Avda. Menéndez Pelayo 2

Tlf.: 955540452 / 955540456. Fax: 955005024

N.I.G. 4109143P20130095998

Nº Procedimiento: Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 7187/2018

Autos de: Procedimiento Abreviado 527/2015

Juzgado de origen: JUZGADO DE LO PENAL Nº10 DE SEVILLA

Negociado: AR

Apelante: Evelio y Cristobal

Procurador: RAFAEL ILLANES SAINZ DE ROZAS y FERNANDO GARCIA PARODY

Abogado: ROCIO GUERRERO SANCHEZ y JOSE LUIS MERCHANTE PEREZ

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 430 / 2018

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

PEDRO IZQUIERDO MARTÍN

MAGISTRADAS:

MARÍA AUXILIADORA ECHAVÁRRI GARCÍA

PURIFICACIÓN HERNÁNDEZ PEÑA, ponente

En la Ciudad de Sevilla a cinco de septiembre de dos mil dieciocho.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, integrada por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Juicio Oral seguidos en el Juzgado de lo Penal número 10, que tiene su origen en el Procedimiento Abreviado número 40/2017 del Juzgado de Instrucción nº 12 de Sevilla, por un delito de daños y falta de lesiones, siendo recurrentes Evelio Y Cristobal, representados, respectivamente, por el procurador D. Rafael Illanes Saínz de Rozas y por el Procurador D. Fernando García Parody, siendo parte recurrida el Ministerio Fiscal. Ha sido designado ponente el Magistrado Ilma. Sra. Dª. PURIFICACIÓN HERNÁNDEZ PEÑA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal se dictó sentencia con fecha 20 de octubre de 2017 cuyo fallo es como sigue: "...Que debo condenar y condeno a Cristobal, como autor de un delito de daños del artículo 263 del Código Penal, concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas del artículo 21,6 del Código Penal y como autor de una falta de lesiones a la pena, por el delito de 6 meses de multa con cuota diaria de 6 euros y por la falta, un mes de multa con cuota diaria de 6 euros y responsabilidad del art. 53 del Código Penal en caso de impago en ambos caos y el abono de 2/4 partes de las costas procesales causadas e igualmente CONDENO A Evelio, como autor de una falta de lesiones del artículo 617,1 del Código Penal y una falta de daños del artículo 625 del Código Penal a la pena por la falta de lesiones de 1 mes de multa con cuota diaria de 6 euros y a la pena de 10 días de multa con cuota diaria de 6 euros por la falta de daños y responsabilidad del art. 53 del Código Penal en caso de impago en ambos casos y el abono de 2/4 partes de las costas procesales causadas. En concepto de responsabilidad civil el señor Cristobal abonará al señor Evelio la suma de 131,59 euros ( s.e.u.o)....".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación la representación procesal de Cristobal Y Evelio, que fue admitido.

Remitidos los autos a esta Audiencia, procede dictar sentencia conforme a lo dispuesto en el artículo 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la declaración de Hechos Probados de la sentencia apelada: "... ÚNICO.- Ha resultado probado y así se declara que sobre las 15:00 horas del día 26 de julio de 2013 Cristobal y Evelio, compañeros de trabajo, mantuvieron una discusión por motivos laborales que comenzó en el interior del centro de trabajo y que prosiguió en su exterior. Así, a la hora de abandonar el centro de trabajo Evelio, antes de montarse en su motocicleta propinó un golpe al vehículo Chevrolet matrícula ....-FCB propiedad de Cristobal, causándole daños valorados pericialmente en 329,35 €. Cuando Cristobal observó esto y vio que Evelio abandonaba el lugar, se montó en su vehículo y lo persiguió hasta darle alcance, deteniendo la motocicleta honda matrícula

....-HVM que conducía Evelio, el cual se bajó de la misma y se enfrentó con Cristobal . En el curso de esta discusión Cristobal propinó una patada a la motocicleta de Evelio tirándola al suelo y causándole daños que han sido valorados pericialmente en 585,52 € e igualmente ambos se golpearon hasta que fueron separados.

Como consecuencia de la pelea Evelio sufrió lesiones consistentes en herida incisocontusa en el labio, erosión en el codo derecho y ambas rodillas y contusión costal izquierda, que precisaron para su curación una asistencia facultativa y sanaron en 4 días sin impedimento para sus ocupaciones habituales. Por su parte Cristobal sufrió lesiones consistentes en cefalohematomas frontoparietal derecho, equimosis lineales en el brazo izquierdo, erosiones en el codo izquierdo y en la cara anterior de ambas rodillas que precisaron para su curación una...

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