SAP Toledo 163/2018, 2 de Julio de 2018

PonenteJUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
ECLIES:APTO:2018:724
Número de Recurso2/2018
ProcedimientoPenal. Apelación de juicio de faltas
Número de Resolución163/2018
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

TOLEDO

SENTENCIA: 00163/2018

Rollo Núm. 2/18

Juzg. Instruc. Núm. 2 de Talavera de la Reina

J. Delito Leve Núm. 2/18

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCIÓN SEGUNDA

Ilmo. Sr. Magistrado:

D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA

En la Ciudad de Toledo, a dos de Julio de dos mil dieciocho.-Esta SECCION SEGUNDA de la Ilma. Audiencia Provincial de Toledo, constituida por el Sr. Magistrado expresado en el margen, ha pronunciado, EN NO MBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 2 de 2018, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Talavera de la Reina, por un delito leve contra Coacciones, en el Juicio por Delito Leve Núm. 267/15, en el que han intervenido, como apelante Raimunda, defendido por el Letrado Sr. Jose Roberto García Romen; y como apelados el Ministerio Fiscal y Magdalena, por el Letrado Sr. Gustavo Lobo Carriches.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Talavera de la Reina, con fecha once de Agosto de 2016, se dictó sentencia en el juicio por Delito Leve de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Magdalena por los hechos objeto de esta causa, y demás pedimentos formulados en su contra, por concurrir la excepción de cosa Juzgadaal haber sido absuelta por los mismos hechos en Sentencia de 29 de mayo de 2015 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de esta Ciudad, sentencia confirmada en apelación por la Ilma. Audiencia provincial de Toledo en sentencia de 29 de diciembre de 2015, declarando de oficio las costas procesales causas en esta instancia"

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por Raimunda, dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de

las par tes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definiti va, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que "Probado y así se declara que con fecha de 9 de abril de 2015 por la denunciante Raimunda, como arrendataria de finca sita en el CAMINO000, dentro del término municipal de Talavera de la Reina, se formuló denuncia el 14 de abril de 2015 contra la propietaria Magdalena por el corte de suministro de energía eléctrica producido el 9 de abril de 2015 al considerar que el corte de luz había sido requerido por la propietaria arrendadora para que abandonara la finca porque en determinados...

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