AAP Barcelona 656/2018, 4 de Diciembre de 2018
Ponente | MYRIAM SAMBOLA CABRER |
ECLI | ES:APB:2018:8262A |
Número de Recurso | 543/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 656/2018 |
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013
TEL.: 938294459
FAX: 938294466
EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801942120158103716
Recurso de apelación 543/2018 -A
Materia: Modificación medidas separación o divorcio
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Barcelona (Familia) Procedimiento de origen:Modificación medidas supuesto contencioso 235/2017 Parte recurrente/Solicitante: Casilda, MINISTERI FISCAL
Procurador/a: Sergio Rubio Carrera
Abogado/a: Imma Texeira Ceró
Parte recurrida: Esteban
Procurador/a: Juan Miguel Flores Perez
Abogado/a: Natalia Cordero Ruiz
AUTO Nº 656/2018
Magistrados:
Don Francisco Javier Pereda Gámez
Doña Myriam Sambola Cabrer (Ponente)
Doña Dolors Viñas Maestre
Barcelona, 4 de diciembre de 2018
En fecha 18 de mayo de 2018 se han recibido los autos de Modificación medidas supuesto contencioso 235/2017 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Barcelona (Familia) a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/aSergio Rubio Carrera, en nombre y representación de Casilda, MINISTERI FISCAL contra Auto de fecha 30 de enero de 2018 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Juan Miguel Flores Perez, en nombre y representación de Esteban .
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:" SE ACUERDA tener por desistido a Dº Esteban de la presente demanda, sin imposición de costas procesales".
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 27/11/2018. CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente a la Magistrada Myriam Sambola Cabrer .
El auto que acuerda tener por desistido al Sr. Esteban sin imposición de costas es apelado por la parte actora que discrepa del pronunciamiento sobre costas. El apelante entiende, en esencia, y así lo razona en el cuerpo de escrito de recurso que el desistimiento por carencia sobrevenida de objeto comunicado por el actor cuatro días antes de la vista no fue consentido por la demandada que mostró su voluntad de continuar el procedimiento por lo que solicita se aplique el criterio subjetivo del artículo 394.3 LEC o, alternativamente, el artículo 396.1 LEC y en consecuencia se impongan las costas al actor.
El Ministerio Fiscal impugna también la resolución y pide se aprecie temeridad y se impongan las costas al demandante. El Ministerio Público razona que, si bien la no imposición de costas constituye la regla general en los procesos de familia, en la LEC rige el criterio según el cual la parte que vea desestimadas todas sus pretensiones en juicio deberá asumir los gastos que el procedimiento haya ocasionado al...
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