STSJ Murcia 449/2018, 5 de Noviembre de 2018

PonenteINDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO
ECLIES:TSJMU:2018:2079
Número de Recurso10/2017
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución449/2018
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00449/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: UP3

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050

N.I.G: 30030 33 3 2017 0000014

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000010 /2017 /

Sobre: CULTURA

De D./ña. FERMIN MARTINEZ GARCIA E HIJOS SL

ABOGADO LUIS MIGUEL LOPEZ GOMEZ

PROCURADOR D./Dª. JOSE CARLOS PEÑALVER GARCERAN

Contra D./Dª. CONSEJERIA DE CULTURA Y PORTAVOCIA, CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA CHS, EMASA EMPRESA CONSTRUCTORA SA

ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD, ABOGADO DEL ESTADO,

PROCURADOR D./Dª.,, FERNANDO DE LOS REYES GARCIA MORCILLO

RECURSO núm. 10/2017

SENTENCIA núm. 449/2018

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCION PRIMERA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

Dª María Consuelo Uris Lloret

Presidenta

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

Dª Gema Quintanilla Navarro

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 449/18

En Murcia, a cinco de noviembre de dos mil dieciocho.

En el Recurso Contencioso-Administrativo nº 10/2017, tramitado por las normas de procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, sobre declaración de Bien de Interés Cultural.

Demandante: Fermín Martínez García e Hijos S.L., representada por el Procurador Don José Carlos Peñalver Garcerán y dirigida por el Letrado Don Luis Miguel López Gómez.

Parte demandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Interesados:

- Confederación Hidrográfica del Segura representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

- Emasa Empresa Constructora S.A., representada por el Procurador Don Fernando García Morcillo y dirigida por la Letrada Doña Pilar Mª Martínez-Escribano Gómez.

Acto administrativo impugnado: Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de 10/10/2016 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra el Decreto número 280/2015, de 7 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena y La Unión.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se anulen los actos impugnados.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 19/1/2017, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda, deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La Administración Regional y la Abogacía del Estado se opusieron al recurso e interesaron su desestimación, no contestando a la demanda Emasa Empresa Constructora S.A.

TERCERO

Ha habido recibimiento del recurso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en la fundamentación jurídica de esta sentencia.

CUARTO

No ha habido trámite de conclusiones, ni de vista, señalándose para la votación y fallo el día 19/10/2018, quedando las actuaciones conclusas y pendientes de sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Esta Sala y Sección, en su Sentencia nº 457/2013, de 7/6/2013, dictada en el recurso nº 562/2009, anuló un anterior Decreto (número 93/2009 de 30 de abril), del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declaró igualmente bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena-La Unión, por considerar que se había vulnerado el artículo 9.3 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, al haberse iniciado el expediente antes de los tres años que señala dicho precepto.

En dicha Sentencia se argumentaba lo siguiente:

"PRIMERO.-El Decreto número 93/2009 de 30 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declara bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena-La Unión, objeto de impugnación en los presentes autos también fue impugnado ante ésta Sala por Explotaciones Mineras y Agrícolas Moreno S.L., dando lugar a los autos 565/2009, en los que se dictó la Sentencia nº 789/2012, de 17/10/2012, que estimó el recurso y anuló el citado Decreto "sin perjuicio de lo que

proceda tras la sentencia que se dicte en el recurso de casación interpuesto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 24 de Junio de 2021
    • España
    • 24 Junio 2021
    ...la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, dictada en el recurso contencioso administrativo núm. 10/2017, recurso éste que habría sido deducido contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de 10/10/2016 ......
  • STSJ Murcia 1/2019, 22 de Noviembre de 2019
    • España
    • 22 Noviembre 2019
    ...de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso contencioso administrativo nº. 10/2017, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, sostenido contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR