STSJ Murcia 449/2018, 5 de Noviembre de 2018
Ponente | INDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO |
ECLI | ES:TSJMU:2018:2079 |
Número de Recurso | 10/2017 |
Procedimiento | Procedimiento ordinario |
Número de Resolución | 449/2018 |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00449/2018
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Equipo/usuario: UP3
Modelo: N11600
PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050
N.I.G: 30030 33 3 2017 0000014
Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000010 /2017 /
Sobre: CULTURA
De D./ña. FERMIN MARTINEZ GARCIA E HIJOS SL
ABOGADO LUIS MIGUEL LOPEZ GOMEZ
PROCURADOR D./Dª. JOSE CARLOS PEÑALVER GARCERAN
Contra D./Dª. CONSEJERIA DE CULTURA Y PORTAVOCIA, CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA CHS, EMASA EMPRESA CONSTRUCTORA SA
ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD, ABOGADO DEL ESTADO,
PROCURADOR D./Dª.,, FERNANDO DE LOS REYES GARCIA MORCILLO
RECURSO núm. 10/2017
SENTENCIA núm. 449/2018
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCION PRIMERA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
Dª María Consuelo Uris Lloret
Presidenta
D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo
Dª Gema Quintanilla Navarro
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 449/18
En Murcia, a cinco de noviembre de dos mil dieciocho.
En el Recurso Contencioso-Administrativo nº 10/2017, tramitado por las normas de procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, sobre declaración de Bien de Interés Cultural.
Demandante: Fermín Martínez García e Hijos S.L., representada por el Procurador Don José Carlos Peñalver Garcerán y dirigida por el Letrado Don Luis Miguel López Gómez.
Parte demandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Interesados:
- Confederación Hidrográfica del Segura representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.
- Emasa Empresa Constructora S.A., representada por el Procurador Don Fernando García Morcillo y dirigida por la Letrada Doña Pilar Mª Martínez-Escribano Gómez.
Acto administrativo impugnado: Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de 10/10/2016 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra el Decreto número 280/2015, de 7 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena y La Unión.
Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se anulen los actos impugnados.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 19/1/2017, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda, deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La Administración Regional y la Abogacía del Estado se opusieron al recurso e interesaron su desestimación, no contestando a la demanda Emasa Empresa Constructora S.A.
Ha habido recibimiento del recurso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en la fundamentación jurídica de esta sentencia.
No ha habido trámite de conclusiones, ni de vista, señalándose para la votación y fallo el día 19/10/2018, quedando las actuaciones conclusas y pendientes de sentencia.
Esta Sala y Sección, en su Sentencia nº 457/2013, de 7/6/2013, dictada en el recurso nº 562/2009, anuló un anterior Decreto (número 93/2009 de 30 de abril), del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declaró igualmente bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena-La Unión, por considerar que se había vulnerado el artículo 9.3 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, al haberse iniciado el expediente antes de los tres años que señala dicho precepto.
En dicha Sentencia se argumentaba lo siguiente:
"PRIMERO.-El Decreto número 93/2009 de 30 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declara bien de interés cultural con la categoría de sitio histórico, la Sierra Minera de Cartagena-La Unión, objeto de impugnación en los presentes autos también fue impugnado ante ésta Sala por Explotaciones Mineras y Agrícolas Moreno S.L., dando lugar a los autos 565/2009, en los que se dictó la Sentencia nº 789/2012, de 17/10/2012, que estimó el recurso y anuló el citado Decreto "sin perjuicio de lo que
proceda tras la sentencia que se dicte en el recurso de casación interpuesto...
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ATS, 24 de Junio de 2021
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