SAP Madrid 766/2018, 29 de Octubre de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Octubre 2018
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 2 (penal)
Número de resolución766/2018

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

GRUPO DE TRABAJO: E-R

37050100

N.I.G.: 28.049.00.1-2018/0003757

Apelación Juicio sobre delitos leves 1698/2018

Origen :Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 05 de Coslada

Juicio sobre delitos leves 513/2018

Apelante: D./Dña. Teodora

Letrado D./Dña. FELIX IZQUIERDO BACHILLER

Apelado: D./Dña. Joaquín y D./Dña. MINISTERIO FISCAL

Letrado D./Dña. CESAREO JESUS BARRADO LIESA

SENTENCIA Nº 766/2018

ILMO. SR.

D. ENRIQUE JESUS BERGES DE RAMON

En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil dieciocho.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado D. ENRIQUE JESUS BERGES DE RAMON, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder, el recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 12/07/2018 dictada por el Juzgado Mixto nº 05 de Coslada en el Juicio sobre Delitos Leves 513/2018 habiendo sido partes, de un lado como apelante Dña. Teodora y como apelado D. Joaquín .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Habiendo procedido a la incoación del Juicio sobre Delitos Leves 513/2018, por el Ilmo. Magistrado del Juzgado Mixto nº 05 de Coslada, se dictó sentencia con fecha 12/07/2018 con los siguientes hechos probados y fallo:

"El día 23 de abril de 2018, Teodora colocó un nuevo FAC en la puerta de entrada del domicilio sito en la PLAZA000, nº NUM000, piso NUM000, letra NUM001, de la localidad de San Fernando de Henares, impidiendo

de esta manera que el copropietario de dicha vivienda, Joaquín, pudiera hacer uso adecuado de su derecho de acceso al referido inmueble, respecto del cual no existía ninguna resolución judicial que limitara el mismo.

Igualmente, tras recibir un burofax remitido por Joaquín, y entregado el día 30 de abril de 2018, a las 13:06 horas, en el cual se le requería para entregar una copia de las llaves de la cerradura de la vivienda familiar, Teodora hizo caso omiso a dicho requerimiento."

"Que debo condenar y condeno a Teodora, como autora penalmente responsable de un delito leve de COACCIONES del artículo del 172.3 del Código Penal, a la pena de SIETE DIAS DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima.; así como al pago de las costas procesales, si las hubiere".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Teodora .

TERCERO

Admitido tal recurso, fueron elevados los autos a esta Audiencia.

Recibido, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la relación de hechos probados contenida en la sentencia recurrida, pero ampliando, que el denunciante se encuentra en trámites de divorcio de su matrimonio con la denunciada, fruto del cual tuvieron dos hijos y que el denunciante dejó de pernoctar en el domicilio familiar en octubre de 2.017, porque la convivencia era insostenible.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso interpuesto contra la sentencia dictada en la instancia se fundamenta en el error en la apreciación de la pruebas, en cuanto que se omite que el denunciante y la denunciada son matrimonio, que se encuentra separado de hecho y se encuentra en trámite su divorcio y que el denunciante abandonó el domicilio familiar entre finales de septiembre o primeros de octubre de 2.017 y que sin autorización de su esposa el denunciante entraba y revolvía los cajones. El segundo motivo del recurso se refiere a la indebida aplicación del artículo 172.2 del Código Penal, siendo procedente su absolución al no haber actuado la denunciada con ánimo de coaccionar, sino de preservar su intimidad.

SEGUNDO

El primer motivo del recurso aunque se refiere al error en la apreciación de la prueba, propiamente debiera referirse a la valoración de la prueba documental, en cuanto que en la denuncia, el propio denunciante hace mención a que interpone denuncia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Santa Cruz de Tenerife 79/2023, 3 de Abril de 2023
    • España
    • 3 Abril 2023
    ...de perturbar a su hermana en el ejercicio de sus derechos. En este sentido, procede hacer referencia, entre otras, a la sentencia de la AP Madrid de 29 de octubre de 2018 según la cual: "... No se trata tampoco de un supuesto de salida de uno de los habitantes de la vivienda de un modo que ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR