ATS, 3 de Octubre de 2018

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
ECLIES:TS:2018:10235A
Número de Recurso3497/2016
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 03/10/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 3497 / 2016

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22 DE MADRID

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: LTV/P

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3497/2016

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 3 de octubre de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D.ª Estrella , presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22.ª, en el rollo de apelación 1355/2015 , dimanante de los autos de divorcio contencioso n.º 406/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Alcobendas.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de 3 de noviembre de 2016 se tuvieron por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

Mediante escrito enviado el 20 de octubre de 2016, el procurador D. Jorge J. Bernabeu y Trave, en nombre y representación de D.ª Estrella , se personaba en esta sala en concepto de parte recurrente. Mediante escrito enviado el 8 de noviembre de 2016, la procuradora D.ª M.ª del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de D. Porfirio , se personaba en esta sala en concepto de parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente, efectuó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición adicional 15.ª LOPJ .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Examinadas las actuaciones, procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Estrella , no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 y art. 474 ambos LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Estrella , contra la sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22.ª, en el rollo de apelación 1355/2015 , dimanante de los autos de divorcio contencioso n.º 406/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Alcobendas

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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