ATS, 26 de Septiembre de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:9692A |
Número de Recurso | 626/2018 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 26/09/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 626 / 2018
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: APH/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 626/2018
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 26 de septiembre de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.
La representación procesal de doña Mónica presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 20 de noviembre de 2017 por la Audiencia Provincial de Mallorca (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 358/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 14 de Palma de Mallorca.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Por el procurador doña Isabel Julia Corujo, en nombre y representación de doña Mónica , se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrente. Por la procuradora doña Isabel Afonso Rodríguez, en nombre y representación del partido político Podemos, se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrida.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de doña Mónica , al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría . Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por doña Mónica contra la sentencia dictada con fecha de 20 de noviembre de 2017 por la Audiencia Provincial de Mallorca (Sección 3.ª), en el rollo de apelación nº 358/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 14 de Palma de Mallorca.
-
) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.