ATS, 19 de Septiembre de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:9622A |
Número de Recurso | 1935/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 19/09/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1935 / 2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 DE A CORUÑA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: CMB/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 1935/2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 19 de septiembre de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de D. Heraclio presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 26 de abril de 2016 por la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección Quinta, en el rollo de apelación n.º 225/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 208/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de La Coruña.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 1 de junio de 2016 se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
El procurador D. Pedro Moreno Rodríguez, en nombre y representación de D. Heraclio presentó escrito ante esta Sala de fecha 9 de junio de 2016 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Jorge Deleito García, en nombre y representación de Novo Banco, S.A., Sucursal en España presentó escrito ante esta Sala de fecha 28 de junio de 2016 personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Heraclio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Heraclio contra la sentencia dictada con fecha 26 de abril de 2016 por la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección Quinta, en el rollo de apelación n.º 225/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 208/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de La Coruña.
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) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.