SAP Zaragoza 381/2018, 26 de Junio de 2018

PonenteRAFAEL MARIA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE
ECLIES:APZ:2018:1427
Número de Recurso278/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución381/2018
Fecha de Resolución26 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00381/2018

N10250CALLE GALO PONTE - 1-Tfno.: 976208041-976208043 Fax: 976208042

CFM N.I.G. 50025 41 1 2013 0000630

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000278 /2018

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000211 /2013

Recurrente: Juan Pablo, Milagros

Procurador: MARIA GLORIA GARCIA PASTOR, MARIA GLORIA GARCIA PASTOR

Abogado: JAVIER FERNANDEZ DIEZ,

Recurrido: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y

SORIA CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, Alfredo

Procurador: JUAN JOSE GARCIA GAYARRE, JUAN JOSE GARCIA GAYARRE,

Abogado: SANTIAGO FIGUERAS DE DIEGO, MARIA PAZ CRUZ JIMENEZ,

R. 278/18

SENTENCIA NÚMERO TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO

Ilmos./a Señores/ a:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

Dª María Jesús De Gracia Muñoz

D. Rafael Mª Carnicero Giménez de Azcárate

En la Ciudad de Zaragoza, a veintiséis de junio de dos mil dieciocho.

Visto por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los/la Magistrados/a del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 26 DE marzo de 2018, por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de la Almunia de Doña Godina,Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario, seguido con el número 211/13, de que dimana el presente Rollo de apelación número 278/18, en el que han sido partes, apelante, la demandante DON Juan Pablo y Dª Milagros, representada por la Procuradora

Dª Gloria Garcia Pastor y asistida por el Letrado Sr. Fernández, y, apelada, la demandada CAJA DE ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA, S.A.U., representada por el Procurador D. Juan José Garcia Gayarre y asistida por la Letrada Sra. Alonso Dominguez; y la codemandada BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.,representada por el Procurador D.Juan José Garcia Gayarre y asistida por el Letrado Sr. Figueras de Diego y DON Alfredo, no comparecido en esta instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Rafael Mª Carnicero Giménez de Azcárate.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª. Instancia Número Uno de la Almunia de Doña Godina, Zaragoza, se dictó sentencia de fecha 26 de marzo de 2018, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Estimar parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan Pablo y Dª Milagros contra D. Alfredo, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria,S.A. y Caja España de Inversiones y Soria, S.A., debiendo condenar a D. Alfredo a abonar los demandantes la suma de

94.945 euros, más intereses legales, absolviendo al resto de codemandadas de los pedimentos contra ella dirigidos. Cada una de las partes deberá de abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, excepción hecha de las costas provocadas a las codemandadas BBVA y CAJA ESPAÑA, que deberán de ser abonadas por la actora.

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes se remitieron los autos a este Tribunal, dando lugar a la formación del presente rollo, señalándose para discusión y votación el día 22 de junio de 2018, en que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora ejercitó acción resarcitoria ex artículo 1101 CC alegando que en fecha 18-6-2004 el codemandado D. Alfredo adquirió la vivienda sita en la CALLE000, número NUM000, NUM001 - NUM002

. de Zaragoza, constituyéndose un préstamo con la entidad BBVA por importe de 137.562, siendo garantía hipotecaria del mismo la finca adquirida por el Sr. Alfredo, así como el inmueble titularidad de los actores sito en la CALLE001, número NUM003, de Zaragoza, asumiendo estos últimos la condición de fiadores solidarios de la operación.

El 29-3-2006, D. Alfredo y sus padres concertaron un nuevo préstamo con garantía hipotecaria con la entidad Caja España por importe de 160.000 euros. Como garantía de este segundo préstamo nuevamente se constituyó hipoteca sobre las fincas referidas sitas en la CALLE000, número NUM000, y CALLE001, número NUM003, de Zaragoza. Afirmó la parte actora que con el importe de este segundo préstamo debían de ser canceladas las hipotecas a favor de BBVA que gravaban las señaladas fincas de forma que esta segunda hipoteca se constituiría como primera y única. Además, se cancelaría un préstamo personal de la entidad IberCaja y se abonarían ciertos importes a favor de Soluciones Financieras Delicias S.L. y Tecnitasa Gestión Inmobiliaria S.A.

Con el fin de que fuera cancelada la hipoteca a favor de BBVA, Caja España el mismo día 29-3-2006 transfirió a la cuenta corriente de BBVA número NUM004 la cantidad de 135.097,95 euros especificándose en el concepto de la orden de transferencia "CANCELACIÓN HIPOTECA NUM005 ". Sin embargo, y pese a recibir la anterior transferencia, BBVA no procedió cancelar la hipoteca,...

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