AAP Zaragoza 445/2018, 20 de Junio de 2018

PonenteJOSE RUIZ RAMO
ECLIES:APZ:2018:1477A
Número de Recurso661/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución445/2018
Fecha de Resolución20 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

ZARAGOZA

AUTO: 00445/2018

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de ZARAGOZA

Domicilio: CALLE GALO PONTE S/N

Telf: 976208376-77-79-81 Fax: 976208383

Equipo/usuario: CHN

Modelo: 662000

N.I.G.: 50297 43 2 2014 0337235

ROLLO: RT APELACION AUTOS 0000661 /2018

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de ZARAGOZA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0001150 /2014 RECURRENTE: Eusebio

Procurador/a: MARIA PILAR AMADOR GUALLAR

Abogado/a: CARLOTA CHUECA ARDUÑA

RECURRIDO/A: "ENRIQUE SEGURA S.L"

Procurador/a: FRANCISCO DE ASIS GARCIA MUGICA

Abogado/a: ALVARO GARCIA GRAELLS

AUTO

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. JOSE RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ANGEL LOPEZ Y LOPEZ DE HIERRO

D. MAURICIO MURILLO GARCIA ATANCE ----------------------------------------/

En Zaragoza, a veinte de junio de dos mil dieciocho.

HECHOS
PRIMERO

Por la Procuradora Dª. Pilar Amador Guallar a Múgica, en representación de D. Eusebio, se interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 10 de mayo de 2018 que desestima el recurso de reforma formulado contra el auto de 6 de abril de 2018 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Zaragoza, en las Diligencias Previas 1150/14, que acuerda no haber lugar a tramitar articulo de previo pronunciamiento de declinatoria por falta de jurisdicción de los Tribunales Españoles para conocer de la causa, sin perjuicio que se pueda alegar al inicio de las sesiones del juicio oral.

SEGUNDO

Recibidas las diligencias, y formado rollo de apelación, registrado con el nº 661/18, se nombro Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. D. JOSE RUIZ RAMO, Presidente de la Sala y quedando para su resolución previa deliberación del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Solicita la parte recurrente en nombre de Eusebio y a través del presente recurso de apelación el que se deje sin efecto el auto de fecha 6 de abril de 2018 que acordaba no haber lugar a tramitar articulo de previo pronunciamiento por falta de jurisdicción de los Tribunales españoles para conocer la presente causa, y en su lugar dictar otro por el que se ordene seguir adelante con el artículo de previo pronunciamiento de la declinatoria por falta de jurisdicción de dichos Tribunales, dictándose en su día auto de sobreseimiento libre. Pretensión a la que se opone el Ministerio Fiscal y "Enrique Segura S.L." que solicita la desestimación del recurso.

SEGUNDO

Como señala el auto del Tribunal Supremo de fecha 2 de noviembre de 2004, las decisiones sobre competencia territorial, cuando se suscitan en la fase instructora o preparatoria tienen un mero carácter provisional y por tanto se acuerdan sin perjuicio de lo que pueda resolverse sobre la misma cuestión en momentos posteriores de la tramitación.

A los...

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