STSJ Comunidad de Madrid 658/2018, 6 de Julio de 2018

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJM:2018:7356
Número de Recurso97/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución658/2018
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2018
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2017/0032050

Recurso número: 97/18

Sentencia número: 658/18

CE.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARÍN

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a SEIS DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 97/18, formalizado por el Sr/a. Letrado/a Dª. LORENA GIL FUERTES, en nombre y representación de Dª. Rosana contra la sentencia de fecha 24 de octubre de 2017, dictada por el Juzgado de lo Social número 41 de MADRID, en sus autos número 768/2017, seguidos a instancia de la recurrente contra la empresa H.I. IBERIA INGENIERÍA Y PROYECTOS, S.L., e INDRA SISTEMAS, S.A., sobre cesión ilegal, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Indra Sistemas, S.A. (inicialmente Indra Espacio) y H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. suscribieron un contrato de prestación de servicios para la realización cartográfica de GSE STAGE-2 en el año 2008.

SEGUNDO

Doña Rosana suscribió con la empresa H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. el 14 de abril de 2008 un contrato de trabajo de duración determinada en la modalidad de obra determinada identificada como "realización cartográfica de GSE STAGE-2", para prestar servicios como Técnico Senior, Cartógrafo, a tiempo completo. En mayo de 2011 el contrato de trabajo se convirtió en indefinido.

TERCERO

Dichos servicios se prestaban para la empresa Indra Sistemas, S.A. en el Departamento de Teledetección que pasó a denominarse Departamento de Observación de la Tierra en 2011, siendo su lugar de trabajo en las instalaciones de Indra Sistemas, S.A. de la calle Mar Egeo, número 4, de San Fernando de Henares.

CUARTO

Desde el comienzo de la prestación de servicios para H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. Doña Rosana ha realizado su actividad en los siguientes proyectos, todos ellos para el cliente Indra Sistemas, S.A.:

- GSE-Land (GMES) (2006-2009): Urban Atlas.

- SIOSE de Madrid y Extremadura (Instituto Geográfico Nacional (IGN) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG) (2009-2010).

- Geoland2 (GMES) (2008-2012): Actualización de Urban Atlas.

- SAFER (GMES) (2009-2012).

- GSG-RDS (GMES) (2012).

- Proyecto de Adquisición y producción de productos de imágenes satelitales de alta resolución (Municipio de Madrid) (2013).

- G-SEXTANT (Copernicus) (2013-2015).

- G-NEXT (Copernicus) (2013-2015).

- Natura 2000 (Copernicus) (2015).

- Riparian Zones (Copernicus) (2014-2016).

- GIO-Land: Grassland, Wetland and Water High Resolution Layers (Copernicus) (2012-2016). Web oficial de "Permanent Water Bodies": http://land.copernicus.eu/pan- european/high-resolution-layers/wetlands/view. Web oficicial de "Wetlands": http://land.copernicus.eu/pan-european/high-resolutionlayers/wetlands/view En ambas web aparezco como personal de INDRA y contacto de referencia.

- GMES Emergency Management Service (GIO-EMS) (Copernicus) (2012). En la oferta de este proyecto se me ha incluido como personal de Indra.

- Referencie Mapping Service (EU SatCen and Frontex) (2016). En la oferta de este proyecto se me ha incluido como personal de Indra.

- Proyecto Piloto: Cálculo de Eficiencia Energética en Edificios (Ayuntamiento de Madrid) (2016).

- Proyecto Piloto: Detección de Fraude Energético en áreas rurales (Endesa) (2016).

- Land Use / Cover Area frame statistical Survey (LUCAS 2018) (Copernicus) (2017). En la oferta de este proyecto se me ha incluido como personal de Indra.

- Riparian Zones 2018 (Copernicus) (2017/ en proceso).

QUINTO

Doña Rosana fue durante un tiempo la única trabajadora de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. en las instalaciones de Indra Sistemas, S.A. de la calle Mar Egeo, número 4, de San Fernando de Henares. Cuando se incorporaron otros trabajadores de aquella Doña Rosana asumió por designación de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. la coordinación de todos ellos en su relación con la entidad cliente. Tanto cuando era la única trabajadora de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. como cuando llegaron más trabajadores Doña Rosana

se encargaba de trasladar a la empresa, mensualmente, los resúmenes de dedicación realizada, tanto suyos como de los trabajadores que coordinaba.

SEXTO

Todo el material mobiliario e informático utilizado por Doña Rosana en el desarrollo del trabajo era proporcionado por Indra Sistemas, S.A. Cuando por las especificaciones de las aplicaciones informáticas utilizadas o de los procesos de elaboración del trabajo se ha hecho necesario un proceso de aprendizaje Doña Rosana ha participado en la formación dada a todo el personal del proyecto.

SÉPTIMO

Indra Sistemas, S.A. proporcionaba Doña Rosana y al personal externo una tarjeta para el acceso y autentificación, con la finalidad permitir el control de accesos y permanencia en dichos edificios por razones exclusivas de seguridad, siendo esta tarjeta diferente a la del personal dependiente de Indra Sistemas.

OCTAVO

Por razón del trabajo realizado Doña Rosana y el resto del personal de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. que prestaba servicios en las instalaciones de Indra Sistemas, S.A. que necesitan habilitación de la OTAN y la Unión Europea gestionan dicha autorización a través de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L.

NOVENO

Indra Sistemas, S.A. proporcionaba Doña Rosana y al personal externo una cuenta de correo electrónico con distinto dominio al del personal dependiente de Indra Sistemas.

DÉCIMO

En el desarrollo del trabajo la demandante y el resto del personal externo se acomodaban a los horarios y jornadas de trabajo establecidos por Indra Sistemas, S.A. Las vacaciones y permisos Doña Rosana se autorizaban por H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L., acomodándose siempre que era posible a los cuadros generales de Indra Sistemas.

UNDÉCIMO

Cuando por razón del trabajo Doña Rosana ha tenido que viajar al extranjero la gestión y tramitación de billetes, estancia y dietas se ha realizado por .I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L.

DUODÉCIMO

Durante la prestación de servicios en las instalaciones de Indra Sistemas, S.A. Doña Rosana ha participado en la formación impartida por cuenta de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L.

DÉCIMO TERCERO

El 2 de junio de 2016 Doña Rosana presentó papeleta de conciliación ante el SMAC contra H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. e Indra Sistemas, S.A. reclamando la declaración de cesión ilegal de su relación laboral y la condena de Indra Sistemas, S.A. a integrarle en su plantilla con expreso reconocimiento de la relación laboral desde 14 de abril de 2008. El 23 de junio de 2017 se celebró el acto de conciliación sin avenencia con H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. y sin efecto con Indra Sistemas, S.A. que no compareció al acto estando citada para ello.

DÉCIMO CUARTO

El 16 de junio de 2017 H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. convocó a Doña Rosana a una reunión identificando como objeto de ésta la comunicación de novedades en el proyecto en el que estaba trabajando. El 19 de junio la empresa comunicó a la trabajadora que quedaba desasignada del proyecto Riparian Zones en el que intervenía para la cliente Indra Sistemas, S.A. porque la entidad había reducido el proyecto en el que trabajaba y tenía que dejarlo. Doña Rosana permaneció desde el 19 de junio en las instalaciones de H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. sin asignación concreta de trabajo.

DÉCIMO QUINTO

En fecha 22 de junio de 2017 se presentó demanda ante los Juzgado de lo Social de Madrid contra H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. e Indra Sistemas, S.A. solicitando la declaración de vulneración de derechos fundamentales en la decisión de trasladarle de puesto de trabajo. De la demanda conoce el Juzgado de lo Social número 41 de Madrid que ha señalado juicio para el 16 de octubre de 2017.

DÉCIMO SEXTO

Doña Rosana venía percibiendo una retribución mensual prorrateada de 2.003,31 euros.

DÉCIMO SÉPTIMO

La relación laboral de Doña Rosana con H.I. Iberia Ingeniería y Proyectos, S.L. se ha sometido al Convenio Colectivo de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (BOE número 15, de 18 de enero de 2017).

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte...

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