STSJ País Vasco 237/2018, 16 de Mayo de 2018

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2018:1616
Número de Recurso248/2017
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución237/2018
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO DE APELACIÓN Nº 248/2017

SENTENCIA NUMERO 237/2018

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

DON ANGEL RUIZ RUIZ

MAGISTRADOS:

DON JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

DOÑA MARIA DEL MAR DÍAZ PÉREZ

En la Villa de Bilbao, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación, contra la sentencia nº 242/2016, de 30 de diciembre de 2016, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao que, tras desestimar las causas de inadmisibilidad opuestas por el Ayuntamiento de Mungia, desestimó el recurso 214/2014, seguido por los trámites del procedimiento ordinario contra:

  1. Directamente :

    1. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 23 de octubre de 2013, que aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker.

    2. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 19 de junio de 2014, que declaró la firmeza en vía administrativa del expediente reparcelatorio del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker, y dispuso expedir el documento jurídico, proceder a su inscripción registral y requerir al equipo redactor elaborar un Texto Refundido con la incorporación de las alegaciones.

    3. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 13 de octubre de 2014, que ratificó el Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker.

  2. Indirectamente :

    1. - El Acuerdo de la Diputación Foral de Bizkaia, recaído en sesión de 26 de marzo de 1996, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 122 de 24 de junio de 1996, que dispuso aprobar definitivamente las Normas Subsidiarias del Planeamiento del Municipio de Mungia.

    2. - El Acuerdo de la Diputación Foral de Bizkaia que tras el cumplimiento de las condiciones impuestas, dándolas por subsanadas, dispuso publicar la Normativa de las Normas Subsidiarias de Mungia

      definitivamente aprobadas el 26 de marzo de 1996, publicación que se produjo en el Boletín Oficial de Bizkaia número 80 de 28 de abril de 1997.

    3. - El Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mungia de 24 de noviembre de 2009, de aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias en el área de suelo urbano residencial de baja densidad Larrabizker, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 65 de 9 de abril de 2010, que incorporó texto parcial de contenido normativo, publicación íntegra del Texto Normativo que se produjo en el Boletín Oficial de Bizkaia número 48 de 8 de marzo de 2013.

      Son parte:

      - Apelante : Asociación Larrabizker Elkartea Afectados PAU, representada por la Procuradora doña Isabel Sofía Mardones Cubillo y dirigida por el Letrado don José Ángel Esnaola Hernández.

      - Apeladas :

      · Ayuntamiento de Mungia, representado por el Procurador don Germán Ors Simón y dirigido por el Letrado don m. Oscar Goitisolo García.

      · Diputación Foral de Bizkaia, representada por la Procuradora doña Montserrat Colina Martínez y dirigida por la Letrada doña Arantzazu Arranz Bilbao.

      · Junta de Concertación del Sector Residencial B-1 Larrabizker de Mungia, representada por la Procuradora doña Ana de Beristain y Eguia y dirigida por el Letrado don Jon López Beristain.

      Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANGEL RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Contra la sentencia identificada en el encabezamiento se interpuso, por la asociación Larrabizker Elkartea Afectados Pau, recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia que estime el recurso de apelación formulado, revoque y anule la entencia recurrida.

SEGUNDO

El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación.

Por los apelados se han presentado escritos de oposición al recurso de apelación, solicitando sentencia que desestime el recurso de apelación interpuesto y confirme la sentencia recurrida, ratificando la conformidad a Derecho de los actos impugnados, con expresa condena en costas a la apelante.

TERCERO

Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente.

Por Auto de 31 de marzo de 2017 se desestimaron las peticiones de la apelante de incorporar documentación unida al recurso de apelación, así como de anticipación de la resolución sobre el recurso de apelación 496/16.

El Ayuntamiento de Mungia el 19 de octubre de 2017, en aplicación del artículo 271.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aportó la sentencia de la Sala 442/2017 de 4 de octubre, recaída en el referido recurso de apelación 496/2016; unidas las alegaciones de la apelante, quedó pendiente de lo que la Sala resuelva en sentencia.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 08/05/18, en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.

QUINTO

Se han observado las prescripciones legales en la tramitación del presente recurso de apelación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso de apelación.

La Asociación Larrabizker Elkartea Afectados PAU, recurre en apelación la sentencia nº 242/2016, de 30 de diciembre de 2016, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao que, tras desestimar las causas de inadmisibilidad opuestas por el Ayuntamiento de Mungia, desestimó el recurso 214/2014, seguido por los trámites del procedimiento ordinario contra:

  1. Directamente :

    1. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 23 de octubre de 2013, que aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker, que junto a otras decisiones requirió al equipo redactor elaborar un Texto Refundido con la incorporación de los aspectos derivados de las alegaciones que resulten estimadas.

    2. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 19 de junio de 2014, que declaró la firmeza en vía administrativa del expediente reparcelatorio del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker, y dispuso expedir el documento jurídico, proceder a su inscripción registral y requerir al equipo redactor elaborar un Texto Refundido con la incorporación de las alegaciones.

      [- De la misma fecha, 19 de junio de 2014, fueron varios Decretos de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia en respuesta a recursos de reposición interpuestos por distintos interesados -].

    3. - El Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 13 de octubre de 2014, que ratificó el Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación del área de suelo urbano residencial no consolidado de Larrabizker, y acordó proceder a su publicación y efectuar la inscripción.

  2. Indirectamente :

    1. - El Acuerdo de la Diputación Foral de Bizkaia, recaído en sesión de 26 de marzo de 1996, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 122 de 24 de junio de 1996, que dispuso aprobar definitivamente las Normas Subsidiarias del Planeamiento del Municipio de Mungia, imponiendo la rectificación de diversos aspectos, entre ellos, según el apartado 1.4.10 del pronunciamiento primero, incluir dentro del Suelo Urbano de Larrabizker los terrenos reclasificados como tal según el Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 26 de julio de 1995.

    2. - El Acuerdo de la Diputación Foral de Bizkaia que, tras el cumplimiento de las condiciones impuestas, dándolas por subsanadas, dispuso publicar la Normativa de las Normas Subsidiarias de Mungia definitivamente aprobadas el 26 de marzo de 1996.

      La publicación del Texto Normativo, bajo la identificación como anuncio general número 2/1997 de 7 de enero, se acordó por el Diputado Foral de Urbanismo, se produjo en el Boletín Oficial de Bizkaia número 80 de 28 de abril de 1997.

      Publicación del Texto Normativo que debe complementarse con la publicación de la corrección de errores que tuvo lugar en el Boletín Oficial de Bizkaia número 145 de 30 de julio de 1997, acordándose así por el Diputado Foral de Urbanismo en el anuncio general 57/1997 de 24 de junio.

      Texto Normativo que en la Norma 2.4, sobre los instrumentos de ordenación, al regular las figuras de planeamiento a través de las cuales se desarrollarán las Normas Subsidiarias, de conformidad con la Ley del Suelo y su Reglamento, recogió en su apartado D), en relación con la coordinación del planeamiento en el área de Larrabizker, lo que sigue:

      > .

      Asimismo en relación con la Norma B), respecto al suelo urbano residencial de baja densidad de Larrabizker, que recoge los parámetros urbanísticos básicos y las condiciones particulares.

    3. - El Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mungia de 24 de noviembre de 2009 [- único ámbito en el que se mantiene el recurso de apelación -] de aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias en el área de suelo urbano residencial de baja densidad Larrabizker, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 65 de 9 de abril de 2010, que incorporó texto parcial de contenido normativo, publicación íntegra del Texto Normativo que se produjo en el Boletín Oficial de Bizkaia número 48 de 8 de marzo de 2013, como así se acordó por la Alcaldía el 1 de marzo de 2013.

      Texto Normativo que en su Capítulo V, referido a la gestión, en sus artículos 35 sobre condiciones de gestión y en el 36, sobre derechos edificatorios y cargas de...

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