STSJ Asturias 1239/2018, 15 de Mayo de 2018

PonenteMARIA VIDAU ARGÜELLES
ECLIES:TSJAS:2018:1538
Número de Recurso802/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1239/2018
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01239/2018

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2017 0002446

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000802 /2018

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000427 /2017

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

ABOGADO/A: LETRADO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

RECURRIDO/S D/ña: Edurne

ABOGADO/A: MANUEL ANTONIO FERNANDEZ ALVAREZ

PROCURADOR: CARMEN AUGUSTO FERNANDEZ

Sentencia nº 1239/18

En OVIEDO, a quince de mayo de dos mil dieciocho.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL, formado por los Ilmos. Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 802/2018, formalizado por el ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, contra la sentencia número 38/2018 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000427/2017, seguidos a instancia de Edurne frente al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Edurne presentó demanda contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 38/2018, de fecha veintidós de enero de dos mil dieciocho .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El día 28/09/2015, la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal emitió resolución por la cual se aprobaba el derecho de la actora a percibir una prestación por desempleo del nivel contributivo.

  2. - Según la información obrante en el Servicio Público de Empleo Estatal, se han producido las circunstancias siguientes: " Salida de la actora al extranjero no comunicada al SEPE".

  3. - Se ha comprobado por el SPEE que el 25 de abril de 2016, la actora se traslada fuera de España, concretamente a Costa Rica, regresando el 21 de mayo de 2016, sin comunicación previa al SEPE, percibiendo cobros de su prestación por desempleo.

  4. - Con fecha 24-02-17 se comunicó a la actora la posible percepción indebida de prestación por desempleo.

  5. - Por resolución de la entidad demandada de fecha 21 de marzo de 2017, se declaró la percepción indebida de prestaciones por desempleo en una cuantía de 7556,88 €, correspondiente al periodo del 25-04-16 al 30-01-17, por el motivo señalado en dicha resolución, que se da por reproducido.

  6. - Dña Africa efectuó declaración jurada ante notario en San José, Costa Rica, manifestando que " en el mes de abril de 2017 se comunico vía telefónica con su hija Edurne, con el propósito de comunicarle que mi madre Carlota, se encuentra muy desmejorada de salud, razón por la cual ella -mi hija Edurne - tomó la decisión de venir a Costa Rica del veinticinco de abril de dos mil dieciséis al veintiuno de mayo de dos mil dieciséis; posteriormente mi madre - Carlota - fue diagnosticada con cáncer de hígado y falleció en el mes de noviembre de 2016 "(sic).

  7. - Se da por reproducido el certificado de Registro Civil de defunciones de la provincia de San José, del fallecimiento de Carlota de 23-11-16.

  8. - Se da por reproducido el expediente administrativo y p. documental obrante en autos.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Edurne contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, anulando la resolución impugnada."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 16 de marzo de 2018.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 3 de mayo de 2018 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La sentencia de instancia estimando la demanda deducida por la actora anula la resolución impugnada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 11 de Marzo de 2020
    • España
    • 11 Marzo 2020
    ...de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Principado de Asturias de fecha 15 de mayo de 2018, en el recurso de suplicación número 802/18, interpuesto por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de los de Oviedo de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR